Las cosechas se realizan con normalidad. Cómo deben circular las personas vinculadas al sector.
El Instituto de Desarrollo Rural (IDR) informa que las actividades agropecuarias e industriales relacionadas con la producción de alimentos están incluidas dentro de las consideradas esenciales en emergencia. Por esta razón, quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social obligatorio, ya que también las cosechas se realizarán con normalidad, teniendo en cuenta las medidas de higiene recomendadas.
El Decreto nacional 297/2020, en su artículo sexto establece que quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
Esto incluye a las industrias de alimentación, su cadena productiva, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
Asimismo, en el decreto se establece que los empleados que se desempeñen en estas actividades deberán circular con una nota de la empresa que acredite tal condición y los productores agropecuarios deberán hacerlo con el RUT y su DNI. “Es importante aclarar que solo deberán trasladarse en días, horarios y circunstancias que justifiquen que están afectados a las tareas agropecuarias o de la producción de alimentos”, explicaron desde el IDR, y agregaron: “Deben ir solos, no con sus familiares”.
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