San Rafael, Mendoza viernes 03 de mayo de 2024

La factura del gas: reintegro o refacturación, según el caso

gasPara las que llegaron hasta el 27 de mayo, la firma debe devolver la parte de los pagos que superaron 400%. Luego de esa fecha, las boletas serán reenviadas con topes menores.

Hasta la semana pasada se sabía de la decisión del Gobierno nacional, pero desde ayer es oficial: todas las facturas de gas, desde el 1 de abril último en adelante, no pueden superar un tope del 400% de aumento en el servicio residencial, y del 500% para comercios, lo cual divide las aguas en Mendoza.  

Es que está claro que, por imperio del fallo de la Justicia Federal del viernes 27 de mayo, todos los consumos facturados con posterioridad deberán recalcularse, habida cuenta que la jueza interviniente, Olga Arrabal, fijó un techo del 80%.

En cambio, los boletos anteriores a esa fecha que estén ya cancelados serán objeto de una devolución por parte de Ecogas. Se trata del reintegro de la diferencia entre las subas de hasta 700% (considerados por la Justicia) y el nuevo tope determinado por el Ministerio de Energía de la Nación.

Desde Enargas confirmaron ayer que la Resolución 99 de la Secretaría de Energía no incide en el fallo de Arrabal. Algo que asumieron en el entorno de la propia magistrada, en plena tarea de resolver las 3 apelaciones interpuestas la semana pasada, esto es, de la actora, la ONG Protectora, de Ecogas y de Enargas, contra los alcances de su fallo.

A la espera del reintegro

Para recuperar la diferencia pagada en facturas postarifazo y antes de la sentencia judicial que lo congeló (es decir, del 1 de abril al 27 de mayo), los usuarios no deben hacer ningún trámite en especial, en espera de otra orden judicial para empezar a elaborar nuevos cuadros tarifarios. Así lo confirmaron desde Enargas, que controlará on line el reintegro a liquidar por Distribuidora de Gas Cuyana.

La Resolución 99/2016 de la Secretaría de Energía, publicada en Boletín Oficial, instruye al Enargas disponer que las facturas «no superen en más de 400% al monto final, sin impuestos” desde el 1 de abril para usuarios categoría R y subcategorías. Además, fija un tope de 500% para “categoría Servicio General P con servicio completo (P1 P2 y P3)”, que incluye a buena parte del comercio.

Según la norma, “las diferencias que surjan entre monto final resultante de los cuadros tarifarios vigentes y el efectivamente facturado, será aplicado como un descuento” sobre facturaciones futuras.

“Es difícil estimar la proporción, porque existen 8 categorías distintas entre R1 a R34 y, además, desde marzo, empezaron a aplicarse cuatro tarifas diferentes, según el valor considerado con o sin el amparo judicial de 2014, la resultante de quitar subsidios y nivel de ahorro del consumo”, explicaron en el área de atención al cliente del ente.

Por su parte, desde la distribuidora eludieron pronunciarse sobre la medida que la obliga a devolver dinero cobrado. Fuentes gerenciales sólo advirtieron que “hay aspectos de la resolución poco claros y debemos analizarlos”.

Luego del éxito conseguido con el fallo de Arrabal, desde la ONG Protectora encienden el sistema de alarma y se muestran alertas. Al respecto, su apoderado, José Luis Ramón, dijo que ”si hay algún incumplimiento se denunciará en el expediente (de la cautelar). La empresa tampoco puede hacer lo que quiera, ni facturar distinto porque en tal caso configuraría enriquecimiento ilícito”.

Entre tanto, las facturas que llegaron a viviendas y comercios con posterioridad al viernes 27 de mayo son inválidas. Significa que los titulares deberán esperar que Distribuidora de Gas Cuyana refacture en función de las tarifas con aumentos de hasta el 80% y, en el peor, de los casos nunca superiores al 400%.

Ecogas está en un laberinto: no solamente debe esperar lo que defina la Justicia para saber cuáles serán los nuevos cuadros tarifarios sino también recalcular. Por si fuera poco, ya se comprometió a modificar su sistema de facturación bimestral por uno mensual. Esto es, incluir 2 fechas o vencimientos consecutivos desde este mes.

“Estamos haciendo algunas simulaciones para determinar los montos promedio que los usuarios podrán recibir como acreditación”, dijeron en el entorno del secretario de Servicios Públicos, Sergio Marinelli.

Independientemente de lo que ocurra en adelante, ayer también quedó claro que ninguna de las apelaciones presentadas por las partes involucradas, contra el fallo que suspende por 3 meses las subas de tarifas a raíz de la quita de subsidios, tendrá efecto suspensivo. Es lo que decidió el Juzgado Federal N° 2 en relación a la semana pasada cuando recepcionó las presentaciones.

Así, sólo la Cámara Federal de Apelaciones, si se expide a favor de las posturas expuestas, podría forzar una marcha atrás. Un punto a favor de la suspensión de los aumentos hasta fines de agosto.

Protectora cuestiona el techo del 80% al aumento y plantea eliminarlo. Por su parte, Ecogas va por un 150% de suba mientras la Nación busca derribar el amparo que le impide actualizar tarifas.

Prorrogan 30 días amparo que frena alzas de 2014

Por enésima vez, la Justicia Federal mendocina prorrogó el amparo que mantiene suspendidas en Mendoza las subas de tarifas autorizadas por la Secretaría de Energía en 2014, esta vez por otros 30 días. Cabe recordar que eran 3 etapas, de las cuales sólo habilitó la primera, vigente desde el 1 de abril de ese año.

La medida cautelar viene de varias prórrogas consecutivas de distinta duración, nunca mayor a 6 meses. En esta oportunidad, la decisión tiene una importancia especial porque permite mantener un piso «bajo» de cara a la quita de subsidios que dispararon los cuadros de manera exorbitante.

Pero también despeja apenas un camino ya de por sí escarpado, entre reclamos constantes de los usuarios, la presión del Gobierno nacional y el cruce de medidas judiciales y apelaciones.

Mientras tanto, la jueza Arrabal de Canal designó a un nuevo perito para que realice el análisis contable requerido por Arrabal a fin de resolver la cuestión de fondo que condiciona la suspensión: en definitiva, si corresponde aplicar el resto de los tramos del incremento tarifario congelados desde 2014 por la medida judicial o si, por el contrario, le da la derecha a la ONG Protectora como demandante, en su argumento de volver a foja 0 y discutir la proporción de los ajustes previa audiencia pública.

La situación en Mendoza está realmente enmarañada. Y si algo le faltaba era que una jueza federal de Buenos Aires interfiriera para intentar desactivar las causas judiciales que disparó el problema del gas en las provincias como Mendoza.

Fallo a favor de la Nación

Una jueza de la ciudad de Buenos Aires emitió un fallo a favor del Gobierno al disponer que los tribunales del interior del país se inhiban para entender en causas por aumentos de tarifas de gas y las demandas se centralice en la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

La medida fue dispuesta por la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal 5 de esta ciudad, María Alejandra Biotti.

La magistrada hizo lugar a un planteo de inhibitoria efectuado por el Estado nacional por un conflicto de competencia territorial, y ordenó «el reenvío a ese fuero de causas que tramitan en tribunales del interior del país».

Fuente: DyN

http://losandes.com.ar/article/la-factura-del-gas-reintegro-o-refacturacion-segun-el-caso

 

Facebooktwitterredditpinterestlinkedinmail

Sé el primero en comentar en «La factura del gas: reintegro o refacturación, según el caso»

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*