San Rafael, Mendoza martes 07 de mayo de 2024

Ley 1079, Los municipios tendrán facultades para decidir sobre poda del arbolado

ley1079La Cámara de Diputados otorgó sanción definitiva al proyecto de ley que modifica el tercer párrafo del Artículo 78, de la Ley 1079- Orgánica de Municipalidades- que autoriza a los municipios a decidir sobre la poda y erradicación de árboles. Si bien esto era competencia de la órbita provincial, muchas veces las comunas debían realizarlo por razones de sanidad o simplemente de seguridad pública.
La modificación pretende darles un marco legal mediante el texto que quedará redactado de la siguiente manera:
“Las municipalidades no podrán sin autorización del Poder Ejecutivo de la Provincia, disponer la corta de árboles de los caminos, calles, plazas o paseos públicos, excepto cuando medien razones de seguridad pública, sea por factores climáticos de gran intensidad y/o situaciones que pusieran en peligro la vida de las personas o bienes, y por decrepitud o decaimiento irrecuperables del ejemplar”.  

De esta manera, “se pretende otorgar una facultad que los municipios ejercen de hecho, y que es la de permitir la erradicación de especies arbóreas que por variados motivos, atenten contra la seguridad pública, sea por riesgos de ruptura, desplazamiento, caída del arbolado público o por aspectos de sanidad, que tornen imposible su recuperación”, señalan los fundamentos de la iniciativa.

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