San Rafael, Mendoza martes 30 de abril de 2024

La Pampa demandó ante la Corte a Mendoza por las aguas del río Atuel

rio atuelLa Pampa demandó este viernes ante la Corte Suprema de Justicia a la provincia de Mendoza por el uso de las aguas del Río Atuel que, según un fallo del máximo tribunal de 1987, tiene carácter de «interprovincial».

La Pampa reprocha a Mendoza que no cumple este fallo, pero además que «ha sido la causante de un inmenso daño social en el noreste» de la provincia, una región «que fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río».

La demanda apunta a Mendoza, pero cita como «tercero obligado» al Estado Nacional, al que le reclama su «responsabilidad histórica en la negligente administración del complejo Los Nihuiles» y en consecuencia también lo hace parte del reclamo de «reparar y recomponer los daños causados».

Se trata de la construcción, hace más de 60 años, del complejo hidroeléctrico Nihuiles en el sus de Mendoza, íntegramente sobre el río Atuel, virtual origen del diferendo entre ambas provincias, con la participación del Estado Nacional.

La demanda fue firmada por el gobernador pampeano, Oscar Jorge -quien había anunciado la acción judicial durante el IV Congreso Pampeano del Agua- y el fiscal de Estado provincial, José Vanini, con el patrocinio del abogado constitucionalista Gregorio Badeni.

Según el Estado pampeano, Mendoza redujo sensiblemente el caudal hídrico para el territorio pampeano, «privando a su población de desarrollar una vida digna» y causando, además, «un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado».

En ese contexto, incorporó argumentación sobre «caudales ambientales y productivos, tanto en lo que respecta a la cantidad como a la calidad del agua que deberá llegar a territorio pampeano».

La demanda, de unas 400 páginas más anexos con más de 10 mil fojas, fue presentada este mediodía ante la Corte Suprema, que por tratarse de un conflicto entre dos estados provinciales intervendrá como «competencia originaria», es decir tribunal de única instancia.
El diferendo entre La Pampa y Mendoza es de los que suelen concitar por parte de la Corte la convocatoria de audiencias públicas.

Fuente: El Sol

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