Limita la libertad condicional a reincidentes y agrega nuevos delitos, como el acoso infantil vía Internet. Y también trata el aborto.
Tales son algunas de las modificaciones que impulsa el Gobierno nacional para el Código Penal y que, se espera, serán puestas a discusión en marzo, una vez que el 1 de ese mes el presidente Mauricio Macri deje inaugurado el período de sesiones ordinarias del Congreso.
El Ejecutivo espera que la comisión redactora retome las tareas a comienzos de febrero. Su primera actividad sería una reunión en Mendoza, el viernes 9. También durante el próximo mes se esperan cruces e intercambios de opiniones con integrantes de la Corte Suprema y con diputados oficialistas.
Un reclamo social persistente desde hace tiempo, como lo es la discrecionalidad en los fallos judiciales, está contemplado en el proyecto.
Actualmente, por ejemplo, un homicidio simple contempla una pena de 8 a 25 años, lo que habilita condenas muy disímiles. Para acotar esa discrecionalidad, se fijarán pautas precisas y objetivas.
Así, según el borrador, el juez deberá aplicar «el tercio superior de prisión prevista» cuando el homicidio se produzca: por motivaciones de odio racial, político o religioso; vulnerabilidad de la víctima; discriminación o casos de violencia de género, o uso de armas de fuego.
Algunos de los puntos sobresalientes del anteproyecto sobre la reforma del Código Penal son:
-Narcotráfico. Aumento de las escalas penales, de 5 a 20 años de cárcel, para las conductas más graves en la cadena de narcotráfico. Se mantendrán las penalidades para la siembra y el cultivo de plantas de marihuana. Si el delito se produce en el marco de una organización internacional, la pena será prisión perpetua. También se agravan las penas para la venta de estupefacientes a menores.
-Aborto. Si bien está pendiente la discusión de un proyecto de ley en particular sobre el aborto, éste incorpora al Código Penal -por primera vez- la no punibilidad de interrupción del embarazo si fue producto de un abuso sexual.
-Libertad condicional. Se modifica el régimen. Los reincidentes no tendrán este beneficio, salvo excepciones. Tampoco accederán a la libertad condicional los condenados por delitos graves como: corrupción de menores, abuso sexual agravado, secuestro extorsivo, terrorismo, trata de personas, desaparición forzada o explotación de la prostitución.
-Prisión domiciliaria: Podrá accederse a ese beneficio cuando se trate de una primera condena a prisión de hasta tres años y será monitoreada con un dispositivo electrónico de vigilancia. Con eso la intención es dar una solución rápida a la «sobrepoblación» carcelaria.
-Siniestros viales. Se mantienen los agravantes para el homicidio por manejo imprudente; habrá pena de cumplimiento efectivo cuando el conductor se fugue, participe de una «picada» o para el caso de que hubiere manejado bajo los efectos del alcohol o de estupefacientes. El organizador de una «picada» será alcanzado por una pena igual a la del conductor homicida.
-Imprescriptibilidad. Se establece para delitos de lesa humanidad, desaparición forzada de personas y genocidio.
-Decomiso de bienes. Se modifica la ley actual al incorporar la posibilidad de decomiso de bienes anticipadamente a la condena.
-Corrupción. Tipifica ese tipo de delitos con relación a los funcionarios públicos y establece una pena de 3 a 10 años de prisión, que los lleva a entre 4 y 12 años si el autor fueran el Presidente o funcionarios de primera línea. Son penas no excarcelables en comparación con las actuales.
Próxima reunión, en Mendoza
El viernes 9 de febrero, en Mendoza. Ésa es la próxima reunión en el interior del país que tendrá la comisión elaboradora del anteproyecto de reforma del Código Penal.
Allí presentarán los detalles de los cambios que impulsa el Gobierno nacional y que contempla algunas de las muchas modificaciones hechas al Código Penal desde 1921 a hoy.
Hace unos días, Borinsky dijo que con este anteproyecto de reformas, «el desafío es dar a la sociedad un nuevo contrato social, posible, ágil y moderno, en lo que tiene que ver con el poder punitivo del Estado».
De lo que se trata, subrayó, es de «establecer y definir qué es lo que está prohibido y qué permitido» en la Argentina, «y cuáles son sus penas, no sólo de prisión sino también de decomiso, de la devolución al Estado del dinero mal habido. Son penas pecuniarias actualizadas».
Claves
Agresiones sexuales
Se hará un seguimiento de los casos y apoyo a víctimas. Los abortos producto de una violación no serán punibles.
Libertad condicional
Quienes reincidan en delitos no podrán acceder al beneficio.
No prescriben
Se establece la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada de personas y crímenes de guerra.
Pornografía
Se prevén figuras como las del delito de pornografía infantil, grooming, stalking y otros ciberdelitos, a fin de contener las modalidades delictuales modernas.
Corrupción
Se modifica la denominación del capítulo que engloba los delitos de cohecho y tráfico de Influencias y se elevan sustancialmente las escalas penales, en particular de los delitos de corrupción y enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. Se mejora la tipificación del delito de enriquecimiento ilícito
Fuente:http://losandes.com.ar/article/view?slug=como-es-la-reforma-del-codigo-penal-que-quiere-el-gobierno
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