El gobierno de Mauricio Macri logró un fallo judicial que convalidó el decreto 70/2017 por el cual se agilizaron los procesos de expulsión del país de personas extranjeras con antecedentes penales, hayan cometido o no delitos aquí, y se prohibió el ingreso de extranjeros vinculados con delitos.
El decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por Macri había sido impugnado por tres organizaciones civiles. Pero el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1, Ernesto Marinelli, rechazó la semana última la acción de amparo colectiva.
Resolvió que la norma «conserva su eficacia desde su vigencia» desde el 27 de enero de 2017 y ratificó el mecanismo de expulsión e impedimento de ingreso al país.
La demanda había sido presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes, y por el Colectivo por la Diversidad. El CELS suele coincidir con las posturas políticas del kirchnerismo. Esas ONG apelaron, pero el decreto mantiene vigencia hasta que la Justicia resuelva.
El DNU fue parte de las políticas del Gobierno de lucha contra la inseguridad ciudadana; gran cantidad de delitos comunes son cometidos por extranjeros. Para los sectores vinculados a los derechos humanos atenta contra las garantías de los delincuentes.
El DNU agilizó los procesos de expulsión y de denegación de ingreso al país para ciudadanos extranjeros involucrados con delitos. El amparo colectivo que impugnó la medida pidió la «nulidad absoluta e insanable» del DNU porque supuestamente lesionaba garantías mínimas de debido proceso, el derecho a la protección judicial efectiva y al acceso a la justicia, a igual protección de la ley, a la no discriminación y a la libertad ambulatoria, entre otras cosas.
Según aseguraron a LA NACION fuentes allegadas al director nacional de Migraciones, Horacio García, el decreto se ajustó al artículo 29 de ley migratoria 25.871 en las causales de expulsión o impedimento para ingresar.
«Ahora se establecieron plazos más cortos en la faz judicial y se obliga al Poder Judicial a hacerle saber a Migraciones la situación de los migrantes en conflicto con la ley, como una detención, procesamiento o elevación a juicio», señaló el funcionario.
Hubo unas 600 impugnaciones que atacaron la constitucionalidad del decreto, pero se produjeron 119 sentencias favorables al DNU.
La sentencia de Marinelli estableció que «debe ser desestimada la interpelación», y señaló que «el Estado argentino tiene el derecho soberano de decidir sobre la entrada y permanencia de personas extranjeras en su territorio».
El juez señaló que el decreto no avanza sobre el derecho penal o procesal penal, algo vedado, y que se basa en el proceso administrativo. En todo caso, dijo, «lo que en verdad es relevante» es que «ninguna de las causales» se «presenta irrazonable, ilegal o arbitraria».
El juez también subrayó que Migraciones «deberá hacerles saber» a los extranjeros «que les asiste el derecho a la asistencia jurídica gratuita, si carecen de medios económicos» en procesos administrativos y judiciales «que puedan llevar a la denegación de su residencia legal o a la expulsión».
También señaló que los acusados «tienen derecho a un intérprete si no comprendiesen o hablaren el idioma nacional».
Fuente:http://www.lanacion.com.ar/2076688-un-fallo-avalo-el-dnu-que-regula-la-expulsion-de-extranjeros-que-cometen-delitos
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