Esta es una iniciativa concreta que busca solucionar las pérdidas que sufren los productores por contingencias climáticas.
En la sesión extraordinaria, previa a la apertura de sesiones ordinarias que se realizará el próximo lunes 1 de mayo con la presencia del Gobernador Alfredo Cornejo, Senadores aprobó y se sancionó con fuerza de ley la autorización al ejecutivo a contratar un seguro colectivo -con su respectivo reaseguro- contra las contingencias climáticas de granizo y/o heladas tardías o primaverales en beneficio de los productores agrícolas de vid, frutales, hortalizas de verano y cereales para forraje.
Para poder aplicar este seguro, el productor debe estar inscripto en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) creado por el Decreto Ley Nº 4438/80. Además el seguro agrícola no será obligatorio para el productor, siendo optativo para el mismo adherirse a dicha cobertura.
El seguro colectivo contratado deberá proveer al productor un nivel de compensación básico superior al que brinda el sistema de Fondo Compensador Agrícola. El nivel de cobertura básico compensará a partir del cincuenta por ciento (50%) de daño en cada uno de los cultivos de los productores asegurados.
Algo atractivo que tendrá esta propuesta es que los productores agrícolas beneficiarios del seguro colectivo que posean cobertura con malla antigranizo, podrán solicitar la exclusión de dicha superficie cultivada correspondiente al componente granizo, al momento de declarar sus cultivos al RUT.
Al respecto, el senador, Adrián Reche, comentó: “esta es una gran noticia para el sector agrícola del sur provincial, en los últimos meses nuestros productores han sido duramente castigados tanto por heladas como por granizo y esta ley viene a ser un bálsamo para aquellas personas que tal vez se han visto afectadas perdiendo toda la cosecha”.
El sanrafaelino, representante del cuarto distrito electoral, agregó “Sabemos que esta medida no es una solución mágica a la situación de los productores, pero son acciones que sirven de paliativos; es una medida concreta para la asistencia del sector agrícola. Sirve al pequeño productor dado que se brinda protección a los fundos de no más de 20 hectáreas. Claramente es un beneficio superior al dispuesto por Gobiernos anteriores y demuestra la preocupación real de nuestro Gobernador quien busca generar medidas que permitan apaliar seriamente las contingencias climáticas. No hace la vista gorda a la real situación de los productores”.
La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, a través de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas.
Por último, los productores que posean otros sistemas de seguro o compensadores de los daños ocasionados por el granizo y/o la helada solamente aportaran por la contingencia que no tengan previamente cubierta.
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