San Rafael, Mendoza martes 30 de abril de 2024

Aprobaron la reforma de la Ley del Ministerio Público 

senado provinvialDurante la sesión de este martes 4 de octubre, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que establece modificaciones a la Ley 8.008, del Ministerio Público. Es importante señalar que la normativa determina la separación del Ministerio Público de la Defensa del Ministerio Público Fiscal.

La votación resultó con 27 votos a favor y 2 negativos. El senador Miguel Bondino (UCR) destacó la actitud del FPV para tratar este proyecto de ley referido a la seguridad pública. El legislador hizo mención a las principales características de la normativa en cuestión: “Otorga una dinámica diferente por la que se crea la ley del Ministerio Público de la Defensa, la jerarquización de ambos ministerios que este organismo tendrá autarquía financiera y además la suspensión de la persecución penal”.

El senador destacó la especialización por competencia de los diferentes delitos. Además faculta al Procurador de la Corte para sancionar con la obligación de informar al Ejecutivo y a la Bicameral de Seguridad. Otorga mayor eficacia y eficiencia que implica menores plazos procesales y agilidad. “Asistimos señores a una política de Estado en la provincia de Mendoza”, aseveró.

Por su parte, Noelia Barbeito (FIT) adelantó el voto negativo de su bloque diciendo que esta ley busca que los fiscales ejecuten la mano dura y además se incremente el trabajo de los empleados judiciales.

María José Ubaldini (FPV-PJ) resaltó la buena dinámica y el consenso con el oficialismo que aceptó las reformas planteadas por parte del Frente para la Victoria. “No es un proyecto de mano dura, otorga herramientas para la investigación penal, más ágil y certera. Lo que deviene en cárceles menos hacinadas”, detalló.

 La senadora destacó los artículos en los que la oposición hizo su aporte. “En el 19 propusimos modificaciones, en tanto que en el 30 planteamos desde el PJ que las limitaciones no existan en los casos de la violencia de género. Además aportamos cambios en la confección de los artículos 25, 28 y 44″, comentó.

Además Claudia Najul (UCR) agradeció el trabajo de la oposición, en especial de la senadora Ubaldini y de la diputada Claudia Segovia (FPV-PJ).

Hay que tener en el articulado, se dispone que el Ministerio Público Fiscal es “un órgano independiente que conforma y desarrolla sus funciones en el ámbito del Poder Judicial, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, con atribuciones orgánicas, autonomía funcional, financiera y presupuestaria”.

 Agrega el primer artículo que “administrará su propio presupuesto rindiendo cuentas en forma directa al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia. Deberá elevar su proyección de gastos y recursos al Poder Ejecutivo a los efectos de incorporarlos en el Proyecto de Presupuesto General de la Provincia en un plazo máximo de 30 días antes de la fecha establecida en nuestra Constitución para la presentación del Proyecto de presupuesto general de la Provincia ante el Poder Legislativo”.

 Asimismo, establece que “para el cumplimiento de sus funciones el Procurador General dispondrá como recursos el treinta  y cinco por ciento (35%) de la recaudación en concepto de tasa de justicia y los fondos que se le asignen anualmente a través del Presupuesto General de la Provincia”, y aclara que “no podrán realizarse modificaciones presupuestarias sobre el presupuesto votado anualmente para el Ministerio Público Fiscal sin autorización del Procurador General”.

Facebooktwitterredditpinterestlinkedinmail

Sé el primero en comentar en «Aprobaron la reforma de la Ley del Ministerio Público »

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*