Ganadería.Deberán inscribirse en forma obligatoria todos los actores de esta actividad. Se hará a través de la web de la AFIP. Buscan combatir la evasión.Para poder inscribirse en el registro, los productores ganaderos deberán sostener una conducta fiscal intachable.
Con el objetivo de detectar posibles operadores marginales o maniobras de evasión impositiva en la cadena ganadera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó esta semana, a través de la resolución 3873, el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas (RFOCB).
El registro alcanza a casi todos los actores del sector: productores, criadores, cabañeros, invernadores, feedloteros, frigoríficos, consignatarios, comisionistas, mercados concentradores y predios feriales.
La idea del Gobierno es replicar en el negocio de la carne el modelo que está vigente en el mercado de granos, donde ya existe un registro fiscal de operadores que dispone algunos beneficios para las empresas que estén incluidas, básicamente en los regímenes de percepciones, pago a cuenta y retenciones de IVA.
La solicitud de inscripción en el registro se realizará en la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar) en una sección específica que lleva el nombre del registro. Los únicos que quedan exceptuados de inscribirse son los transportistas de hacienda.
Los operadores que intenten inscribirse en el nuevo registro deberán exponer una posición intachable en materia impositiva y no tener procesos judiciales pendientes. El trámite para entrar se realizará vía Internet, mediante clave fiscal con nivel de seguridad 3.
“La permanencia en el registro estará condicionada a que el contribuyente mantenga una correcta conducta fiscal; de lo contrario se aplicará una suspensión por un plazo de hasta 60 días corridos desde su notificación”, advirtieron desde el Ministerio de Agroindustria, a través de un comunicado.
Una de las consecuencia de la suspensión, no inclusión o exclusión del registro será que la AFIP informará de la situación al Ministerio de Agroindustria y al Servicio Nacional de Sanidad o Calidad Agroalimentaria (Senasa). En el primero de los organismos ya funciona el RUCA (Registro Unico de Operadores de la Cadena Agroalimentaria), donde es obligatorio aparecer para no ser considerado por el Estado como un operador marginal en el negocio.
Los productores, consignatarios y frigoríficos que no figuren en el registro, además, “quedarán alcanzados por las alícuotas y valores de los regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención” previstos en otro capítulo de la misma resolución.
En ese apartado se explica que los propietarios de establecimientos de faena, los usuarios de esos frigoríficos (matarifes) y los consignatarios deberán actuar como agentes de percepción del IVA. Y que los productores que hagan negocios con ellos estarán sujetos a distintos descuentos, según figuren o no en el nuevo registro.
Por la compra de hacienda para faena, por ejemplo, un matarife deberá trasladar a la AFIP un pago a cuenta de 40 pesos por cabeza, que descontará al vendedor si este figura en el registro. Pero si el ganadero no aparece allí, ese descuento aumentará a 65 pesos.
En el caso de las retenciones de IVA, a quienes no estén dentro del registro se les retendrá el 5% del valor bruto de la operación, contra un premio de 0% para los buenos cumplidores. “Las retenciones deberán practicarse en el momento del pago de los importes -incluidos aquellos que revistan el carácter de señas o anticipos que congelan precio- atribuibles a la operación”, establece la nueva norma.
Fuente: http://www.clarin.com/rural/claves-regimen-establecio-cadena-carnica_0_1588641193.html
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