Con el objetivo de combatir las subas de precios, el Gobierno publicó el listado de productos de consumo masivo. No están obligados a informar los precios de carne, frutas y verduras.
“La información a suministrar por parte de los obligados tendrá el carácter de declaración jurada y deberá ser brindada para cada producto y punto de venta”, especifica la norma, que hace referencia a una resolución anterior, la 12/2016, por la que la Secretaría de Comercio creaba el “Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA), a través del cual todos los comercios que realicen venta minorista de productos de consumo masivo, deberán informar en forma diaria para su difusión los precios de venta al público vigentes en cada punto de venta”.
En la lista se ve que los supermercados no están obligados a informar del precio de carnes, frutas y verduras. Si bien el plazo para suministrar la información diaria es hasta las 6 de la mañana, la norma establece un plazo ampliado, hasta las 10 de la mañana, para añadir un “informe rectificatorio”: “La información suministrada rige sólo para el día en que fue remitida; de no recibirse la misma en un día de actividad comercial, o si ésta se presentara y no fuera validada por el sistema, no se publicará ningún dato del punto de venta para el día en cuestión, siendo el comercio pasible de las sanciones correspondientes”.
Fuente: http://www.ieco.clarin.com/Gobierno-reglamento-precios-informar-supermercados_0_1542445921.html
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