San Rafael, Mendoza martes 26 de noviembre de 2024

Ley de Medios: la Cámara falló a favor de Clarín y declaró inconstitucionales dos artículos clave

 Suprema Corte1

Informe de Mariano Martín, desde el Palacio de Tribunales.- En una decisión quirúrgica la Cámara Civil y Comercial se expidió a favor del Grupo Clarín en dos puntos trascendentes de la ley. Fue al rechazar parte del artículo 45 en lo que entiende al límite en la cantidad de señales de cable. Además, dijo que es inconsitucional el artículo 48 sobre prácticas de concentración indebida. Sin embargo, avaló el plazo de desinversión de un año, el mecanismo de transferencias de licencias y la distribución en manos del Estado del espacio radioeléctrico. El titular del AFSCA, Martín Sabbatella, calificó el fallo de «tramposo». «No es un fallo salomónico ni equilibrado; es a favor de Clarín y en contra de la pluralidad», recalcó.

Según puede verse en el fallo, los artículos 41 y 161 de la Ley de Medios fueron declarados constitucionales por la Cámara Civil y Comercial de la Capital Federal. Un fallo unánime del Tribunal juzgó en cambio inconstitucionales parte del artículo 45 de la normativa que establece limitaciones a la propiedad de las licencias de canales de cable y el 48 sobre la «prácitcas de concentración indebida».

El artículo 161 refiere al plazo de desinversión de un año desde la sanción de la norma -ya cumplido- y el 41 fija el mecanismo de transferencia de licencias. Sobre el 45 declaró la constitucionalidad en lo que respecta a la potestad en manos del Estado de la distribución del espacio radioeléctrico.

Se da por descontado que el fallo de segunda instancia será apelado por ambas partes (Grupo Clarín y Estado nacional) en los aspectos que hayan resultados perjudiciales.

En diciembre de 2012, antes de ingresar a la feria judicial, el juez de primera instancia Horacio Alfonsodeclaró la constitucionalidad de los artículos de la ley 26.522, que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín en diversas presentaciones judiciales que trabaron la aplicación plena de la norma.

El fallo dictado por Alfonso había un puesto punto final temporario a la medida cautelar interpuesta hace tres años por el multimedios y prorrogada por la Sala I de la Cámara Civil y Comercial, pese a que Corte Suprema había fijado el 7 de diciembre como fecha máxima para la vigencia de la cautelar con la intención de acelerar la resolución sobre la cuestión de fondo.

Esa «cuestión de fondo» implicaba que resolviera sobre la constitucionalidad, o no, de los artículos 41, 45, 48 y 161 de la Ley de Medios, referidos, entre otros puntos, a la cantidad de licencias que puede tener un grupo mediático y al período de des inversión para adecuarse a la nueva ley.

Alfonso en su fallo consideró que «no se advierte la existencia de un interés superior que autorice a prohibir lisa y llanamente que el sistema de licencias múltiples de radiodifusión sea objeto de un nuevo tratamiento, regulación y distribución»

Asimismo, advirtió que si hay una afectación patrimonial «deberá ser objeto del pertinente reclamo indemnizatorio en su oportunidad» y sostuvo que debido a las cautelares vigentes hasta ahora «han trascurrido más de tres años desde el dictado de la norma, plazo que se estima razonable para que las accionantes [empresas del Grupo Clarín] hubieran elaborado racional, conveniente y organizadamente un programa progresivo de adecuación».

La decisión de Alfonso se conoció pocos días después de que el fiscal Fernando Uriarte también consideró que los artículos no eran inconstitucionales. «No conculcan los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarín», había escrito el fiscal. Además, había considerado que «no se han expuesto argumentos relevantes» sobre los «alegados ataques a la prensa independiente» invocados al pedir la inconstitucionalidad de la ley.

• Gobierno duro con el fallo

El titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, calificó al fallo de la Cámara Civil y Comercial sobre la Ley de Medios como «tramposo y burdo», y dejó en claro que «cómo es obvio que la Ley es constitucional, la Cámara se ocupó de declarar inconstitucional cada uno de los incisos que perjudican al grupo Clarín para beneficiar a este grupo mediático».

«Se trata de un fallo tramposo, que busca confundir, pero que claramente le cuida los negocios al Grupo Clarín. La verdad es que no nos sorprende», expresó Sabbatella tras conocer la sentencia de los integrantes de la Sala 1 de la Cámara Federal Civil y Comercial de Ciudad de Buenos Aires.

«Como es obvio que la ley de medios es constitucional, declararon la inconstitucionalidad de todos y cada uno de los incisos que afectan los negocios del Grupo Clarín, eliminando el espíritu antimonopólico de la ley», explicó el presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y detalló: «Con este fallo permiten que se superpongan canales de aire y servicios de cable, eliminan el límite de 24 licencias de cable, eliminan el límite del 35% de cobertura del mercado y eliminan el límite de señales de cable. Es exactamente todo lo que quiere el Grupo Clarín».

«No es un fallo salomónico ni equilibrado; es a favor de esa empresa y en contra de la pluralidad y la diversidad de voces. Estos jueces actuaron como suponíamos que iban a hacerlo. Ahora apelaremos ante la Corte Suprema para que dicte la sentencia definitiva y se pueda aplicar integralmente esta ley de la Democracia», afirmó Sabbatella.
«Sabíamos cómo iba a fallar la ‘Cámara en lo Clarín y Comercial’, aún cuando todos los pronunciamientos judiciales anteriores habían señalado la constitucionalidad de la ley de medios», opinó el titular del AFSCA y enfatizó: «Quedó claro que la ley y todo sus artículos son constitucionales y que la discusión está centrada en si se permite o no que existan posiciones dominantes y tendencias monopólicas en el mercado».

El fallo de los jueces de segunda instancia María Susana NajurietaGuillermo Antelo y Ricardo Guarinoni contradice los tres pronunciamientos anteriores: los dictámenes del fiscal de primera instancia, Fernando Uriarte, y del fiscal de Cámara, José María Medrano, y la sentencia del juez federal de primera instancia, Horacio Alfonso. El fallo de Alfonso dio lugar en diciembre último al inicio del proceso de transferencia de oficio para que el Grupo Clarín se adecue a la ley.

«No teníamos ninguna expectativa de que esta Cámara fallara a favor de la constitucionalidad, ya que son los mismos jueces que concedieron una cautelar que evita que Clarín cumpla la ley como el resto de los grupos de medios y que fueron recusados por sus viajes financiados por el grupo. Así que este fallo no nos sorprende ni nos preocupa; por el contrario: permite que el proceso siga su curso y llegue a la Corte Suprema para el máximo tribunal pueda expresarse», señaló Sabbatella. ámbito.com

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