San Rafael, Mendoza lunes 25 de noviembre de 2024

La Fiscalía de Estado pidió la audiencia por Ley Antiminera

 

ley antimineraEl 4 de agosto la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el pedido de realización de una audiencia pública para debatir la constitucionalidad de la Ley 7.722, también conocida como Ley Antiminera o Ley Cobos.

Sin audiencia por delante, todo se encaminaba para una resolución a favor o en contra del uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio y ácido sulfúrico en procesos mineros dentro del territorio provincial. Sin embargo, el fiscal de Estado de Mendoza, Fernando Simón, presentó esta semana un recurso de aclaratoria y reposición en subsidio solicitando “la realización de la audiencia pública en lo que es materia de litigio”. Eso significa, que el fiscal pidió la aclaración de algunos puntos de la resolución de la Corte y demandó que la audiencia pública se lleve a cabo.

Respondiendo al recurso de aclaratoria, la Corte ya llamó a autos (presentación de pruebas) y la semana próxima dará su postura definitiva. En caso de que la respuesta sea favorable al fiscal de Estado, se deberá realizar la audiencia pública.

En caso contrario, la causa continuará en el mismo estado que se encontraba antes de que Simón presentara el recurso. Es decir, que la Corte ya estará en condiciones de llamar a autos para dictar sentencia.

Los fundamentos de Simón

El recurso presentado por el fiscal de Estado se apoya sobre “la omisión” de pautas establecidas por la Acordada N° 25.325 del 5 de noviembre de 2013, a través de la cual se fijan pautas para que la Corte convoque a audiencias públicas.

En diálogo con Los Andes, Fernando Simón explicó que “el punto II de la Acordada dice que se debe dar lugar a una audiencia pública cuando el interés de la causa exceda a las partes involucradas” y argumentó que “cuando la Corte resolvió que la causa sea resuelta en fallo plenario, se expresó que el interés excedía a las partes”.

El segundo argumento de Simón también se basa sobre el punto II de la Acordada, en el que se establece “ordenar que la convocatoria sea realizada por acuerdo de por lo menos tres ministros”.

“Esta condición también se cumplió”, señaló Simón. Cabe recordar, que la resolución de la Suprema Corte que rechaza el pedido de audiencia pública tuvo cuatro votos en contra de la realización y tres a favor por parte de los ministros Mario Adaro, Horacio Nanclares y Alejandro Palermo”.

Basándose en estos dos puntos, el fiscal de Estado solicitó que “se disponga la realización de la audiencia pública en lo que es materia de litigio, en cumplimiento de lo previsto por el punto II de la Acordada Nº 25.325”, según dicta el texto presentado ante la Suprema Corte.

Tranquilidad de mineros

Raúl Rodríguez, abogado especialista en minería y representante de 7 de las 10 empresas que pidieron la inconstitucionalidad de la Ley 7.722, no se mostró preocupado por la respuesta que la Corte dará esta semana al recurso presentado por el fiscal.

“Los fundamentos están basados en el punto II de la Acordada y la decisión de la Corte se estableció sobre las normativas del punto I. Como el punto II no puede sobreponerse al I, no deberían haber cambios”, opinó.

Fuente: Los Andes – http://www.losandes.com.ar/article/la-fiscalia-de-estado-pidio-la-audiencia-por-ley-antiminera

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