El magistrado Raúl Ojeda se arrepintió de su decisión sobre el artículo vinculado al cálculo de las indemnizaciones en juicios laborales. Se trata de un punto muy polémico, debatido previamente.
Por qué el juez se arrepintió con este artículo
En ese marco, el magistrado del Juzgado Nacional del Trabajo N°63 repuso el artículo 55, que fija que los intereses de indemnizaciones se calcularán tomando como base la tasa pasiva del Banco Central, con un tope máximo equivalente al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más de un 3% anual.
Esta medida se incluyó para dar previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios laborales y eliminar las deudas, debido a que muchos empresarios señalaron que se vuelvan “impagables” por las tasas de interés judicial previas.
Ojeda detalló que un estudio de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina consideró que la medida que él tomó perjudicaba a los trabajadores, ya que existen varias provincias en las que la doctrina legal establece sistemas de actualización de deuda con impacto menor que el establecido en la nueva ley.
La reforma también habilita que, en ciertas sentencias judiciales, las indemnizaciones puedan pagarse en hasta 12 cuotas para PyMEs o personas físicas, y hasta 6 cuotas para grandes firmas o multinacionales. A partir de ahora, el BCRA habilitará una calculadora oficial para que se apliquen estos nuevos parámetros en juicios laborales por indemizaciones.
Días atrás, Ojeda había suspendido 82 artículos de esta nueva legislación, acción que fue celebrada por la Confederación General del Trabajo (CGT), luego de la sanción de la Ley de Modernización Laboral, el 27 de febrero pasado, impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei.
Fuente;https://www.losandes.com.ar/politica/el-juez-que-suspendio-gran-parte-la-reforma-laboral-repuso-el-articulo-55-cual-es-y-que-n5986641

