El Senado le dio media sanción a un proyecto de ley que busca garantizar entornos protegidos para niñas, niños y adolescentes en la provincia.
El Senado de Mendoza dio media sanción a un proyecto de ley que prohíbe contratar o designar a personas condenadas por delitos sexuales en funciones con menores. Esta iniciativa también alcanza a condenados por de violencia de género, aun cuando las penas no impliquen prisión efectiva. El proyecto que tiene como finalidad garantizar espacios seguros para menores de edad fue remitido a la Cámara de Diputados en revisión.
La senadora indicó que la iniciativa incorpora controles obligatorios y responsabilidades claras, exigiendo que instituciones y asociaciones verifiquen mediante certificado de antecedentes penales que los adultos a cargo de los menores estén libres de estos delitos.
La propuesta surge ante casos recientes de abuso sexual en distintos ámbitos de la provincia, que han puesto en evidencia la necesidad de reforzar los controles y las responsabilidades institucionales.
Entre ellos se mencionan el de un entrenador de hockey femenino condenado por abuso sexual a una menor de 15 años que, pese a la sentencia, fue nuevamente designado en un club del Este provincial, el de un profesor de hockey sobre patines del club Godoy Cruz Antonio Tomba condenado a ocho años de prisión efectiva y el de un instructor de Kung Fu en Luján de Cuyo.
También se citan antecedentes en instituciones religiosas, como el caso de un pastor condenado por abuso sexual agravado en el departamento de San Martín.
La norma modifica la Ley 6457 incorporando la obligatoriedad del certificado de antecedentes penales como requisito para el ejercicio de funciones que impliquen contacto directo con menores. Además, introduce cambios en la Ley Provincial 9139 de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, imponiendo la misma obligación a asociaciones civiles, fundaciones e instituciones privadas que trabajen con niños, niñas y adolescentes.
El texto también adhiere a la Ley Nacional 27.709 «Ley Lucio», y establece la capacitación obligatoria en materia de derechos de la infancia y prevención de la violencia infantil para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en cualquiera de los poderes del Estado provincial. Del mismo modo, la exigencia se extiende a directivos y autoridades de asociaciones y fundaciones que mantengan vínculos con el Estado o reciban beneficios o subsidios provinciales.
Fuente;https://www.jornadaonline.com/mendoza/mendoza-prohibira-contratar-a-condenados-por-delitos-sexuales-y-violencia-de-genero/

