La Legislatura aprobó las leyes que sancionan a los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones
La Legislatura dio luz verde a las leyes que apuntan a mejorar la respuesta del Estado ante reclamos ciudadanos y a sancionar la inacción de los organismos públicos.
A partir de esta semana, los funcionarios provinciales podrán ser sancionados en casos de negligencia frente a demandas judiciales iniciadas por la ciudadanía. La Legislatura aprobó de manera definitiva dos leyes impulsadas por el senador del Partido Demócrata, Armando Magistretti.
Tal como adelantó Los Andes, el objetivo central de las nuevas normas es mejorar la respuesta del Estado provincial ante los reclamos formales de la ciudadanía, reduciendo demoras injustificadas o el silencio por parte de los organismos públicos. Ambas leyes fueron aprobadas por unanimidad.
Las iniciativas reforman el Código Procesal Administrativo (Ley 3918) y el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario (Ley 9001). Apuntan a sancionar el incumplimiento de plazos por parte de funcionarios públicos y a agilizar la administración pública, haciendo más eficiente la tramitación de reclamos ciudadanos.
Con la sanción legislativa ya concretada, el próximo paso será la promulgación en el Boletín Oficial y su posterior entrada en vigencia. En esa instancia, tanto el Poder Ejecutivo como el Judicial deberán realizar las adecuaciones necesarias para su implementación.
Las leyes
La primera norma en ser aprobada fue la que incorpora el artículo 38 bis al Código Procesal Administrativo. Tras una modificación introducida en Diputados, el proyecto fue sancionado de manera definitiva este martes por el Senado.
El nuevo artículo establece que la Suprema Corte de Justicia deberá admitir una acción por “denegación tácita”, es decir, por la falta de respuesta del Estado a un reclamo administrativo.
En esos casos, se deberá identificar al funcionario responsable de la demora y ordenar al organismo correspondiente que evalúe eventuales sanciones disciplinarias, según lo previsto en la Ley 9003. El objetivo es desalentar las llamadas “chicanas burocráticas”, fortalecer la responsabilidad individual y promover una gestión pública más ágil y transparente.
El miércoles, la Cámara de Diputados sancionó en forma definitiva la reforma al artículo 219 del Código Procesal Civil, que regula el recurso de amparo por mora.
La modificación dispone que, cuando estos amparos prosperen, los funcionarios o miembros de órganos colegiados responsables de la demora deberán asumir solidariamente las costas del juicio, sin perjuicio de la responsabilidad del Estado como empleador.
Además, se establece que el informe que deben presentar los funcionarios en estos casos deberá ser respondido por quienes tengan competencia directa en la resolución del expediente, reforzando así su responsabilidad ante la Justicia.
La millonaria cifra que pagó el Gobierno en 2024
Según el informe anual de la Fiscalía de Estado, en 2024 la Provincia pagó más de 6.915 millones de pesos en cumplimiento de sentencias judiciales. De ese total, el 75% correspondió a intereses: unos 5.156 millones de pesos, generados por demoras administrativas del Gobierno en responder demandas.
De acuerdo con la Fiscalía —órgano extrapoder encargado de la ejecución de sentencias contra el Estado—, el monto representa un aumento del 188% respecto de lo abonado en 2023.
La elevada incidencia de los intereses se explica, en gran parte, porque hasta mediados de mayo se utilizó la tasa UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) para su cálculo. Es decir, se ajustaban por inflación, que registró niveles muy altos en los últimos años en el país.
Por otra parte, el presupuesto 2025 de la Fiscalía de Estado prevé una erogación de $3.097 millones para la cancelación de 373 juicios con sentencia firme contra el Estado.
Entre los fallos pendientes se destacan: 48 por daños y perjuicios, 71 acciones procesales y administrativas, 27 acuerdos transaccionales y 40 amparos sindicales y expropiaciones, entre otros.
Fuente:https://www.losandes.com.ar/politica/aprueban-sancionar-funcionarios-que-no-cumplan-sus-obligaciones-como-y-cuando-se-aplicara-n5953216