San Rafael, Mendoza 23 de noviembre de 2024

La Justicia declaró inconstitucional la ley de expropiación de la ex Ciccone

justicia La Justicia, un juez, acaba de darle otro duro golpe a una de las iniciativas más cuestionadas del Gobierno. Según contó el diario La Nación en su edición impresa de hoy, el juez en lo Comercial Javier Cosentino determinó que ley de expropiación de la ex imprenta Ciccone viola, al menos de manera parcial, la Constitución, al igual que el «convenio de avenimiento» que dispuso la Casa Rosada para compensar la eventual indemnización por la deuda por $ 275,7 millones que mantenía la imprenta con la AFIP.

La ley fue aprobada hace poco más de un año, en medio de una fuerte polémica y un caso por supuesta corrupción que compromete sobre todo al vicepresidente Amado Boudou. La medida fue leída entonces por la oposición como otra maniobra del Gobierno para proteger a uno de sus funcionarios más encumbrados, mientras que el oficialismo adujo que la expropiación era necesaria para garantizar la impresión de billetes y que el pasamanos no iba a costarle un centavo al Estado.

Según amplia La Nación, «Cosentino, que está a cargo del concurso de la empresa, avanzó además sobre algunas figuras decisivas en la compleja trama del caso Ciccone. Apartó al ex presidente y representante legal de la imprenta Alejandro Vandenbroele y al interventor oficial de la firma, el ministro de Economía, Hernán Lorenzino, de las negociaciones que deberían llevar al cobro de esa indemnización. El magistrado delegó esa responsabilidad en el síndico del concurso, Martín Stolkiner, tras exponer que Lorenzino afrontaba ‘un claro conflicto de intereses que tornaba incompatible su actuación’, ya que debería reclamarle al Gobierno que él integra una indemnización que él a su vez debería pagar. ¿A qué parte representaría mejor?»

El artículo cuenta además que «Cosentino firmó el fallo el viernes y se descuenta en Tribunales que será apelado por todos, ya que Cosentino buscó una solución salomónica, al admitir planteos de cada uno, pero también cerrarles la puerta a otros reclamos. En el caso de los Ciccone, por ejemplo, determinó que deben recurrir a otro fuero, el Contencioso Administrativo Federal, para reclamarle al Estado por las eventuales falencias de la expropiación, pero admitió el reclamo familiar, refrendado por el síndico, de que el proceso era, al menos en parte, inconstitucional».

Y se agrega que «el juez tomó esa decisión tras repasar el modo en que la AFIP pretendía compensar la indemnización -estimada en $ 300,3 millones- con los impuestos por los $ 275,7 millones que le adeuda la ex Ciccone, basado en el artículo 3 de la ley 26.761 que el Congreso aprobó el 22 de agosto del año pasado. De ese modo, el ente recaudador podría recuperar el 100% de su acreencia en el concurso, mientras que otros acreedores se quedarían con un porcentaje ínfimo o incluso sin un centavo, por lo que se violaría el principio constitucional de igualdad ante la ley. Cosentino determinó, por el contrario, que el síndico deberá efectuar ‘un cálculo matemático’ para determinar hasta qué punto será posible esa compensación sin perjudicar al resto de los acreedores. Dicho de otro modo, la AFIP sólo podrá compensar acreencias por el mismo porcentaje de recobro que los restantes reclamantes».

«Entonces -explicó el magistrado- procederá decretar la inconstitucionalidad parcial de la norma referida en tanto la compensación del crédito con el resarcimiento derivado de la expropiación exceda lo que habrían de percibir los restantes acreedores de igual rango, tanto privilegiados como quirografarios.»

Fuente: Clarin
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