El Gobierno provincial oficializó la lista de las zonas afectadas por las contingencias climáticas. Hasta cuándo rigen los beneficios.El Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Producción, formalizó la declaración de Estado de Emergencia Agropecuaria y Desastre Agropecuario tras el relevamiento de daños causados por contingencias climáticas en lo que va del ciclo agrícola 2025/2026.
La medida busca asistir a los productores que sufrieron pérdidas significativas por heladas y tormentas de granizo.
La distinción entre “Emergencia” y “Desastre” depende del porcentaje de daño verificado por la Dirección de Contingencias Climáticas (DACC):
- Estado de emergencia agropecuaria: para propiedades rurales con daños de entre el 50% y el 79% de su producción.
- Estado de desastre agropecuario: para aquellas fincas que hayan sufrido una pérdida del 80% o superior.
Zonas afectadas por departamentos
El decreto detalla una extensa lista de distritos bajo riego en las cuatro zonas productivas de la provincia:
- egión Centro (Valle de Uco): San Carlos (Eugenio Bustos, La Consulta), Tunuyán (Los Árboles, Los Chacayes) y Tupungato (La Arboleda, El Peral, entre otros).
- Región Este: Es la zona con mayor cantidad de distritos afectados en Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa.
- Región Norte: Lavalle (Costa de Araujo, Gustavo André), Las Heras, Luján de Cuyo (Agrelo, Perdriel) y Maipú (Barrancas, Fray Luis Beltrán).
- Región Sur: General Alvear (Bowen, Alvear Oeste) y San Rafael (la mayoría de sus distritos, incluyendo Cañada Seca, Rama Caída y Cuadro Benegas).
Vigencia y beneficios
Los productores que posean el certificado de daños otorgado por la DACC podrán acceder a los beneficios previstos por la Ley Nº 9083, que incluyen prórrogas impositivas y planes de asistencia específicos.
El periodo de cobertura para estos beneficios se extenderá de la siguiente manera:
- Por heladas: del 1 de diciembre de 2025 al 31 de marzo de 2027.
- Por granizo: del 1 de enero de 2026 al 31 de marzo de 2027.
Esta medida se alinea con el Régimen Nacional (Ley 26.509), permitiendo que los productores mendocinos también puedan gestionar beneficios ante organismos nacionales.

