La Legislatura de Mendoza comenzó a debatir en comisiones el proyecto de reforma del Estatuto del Empleado Público enviado por el gobernador Alfredo Cornejo. Se trata de una actualización parcial de la Ley 560/73 que, desde hace más de cinco décadas, regula la relación laboral entre el Estado provincial y sus trabajadores.

La iniciativa introduce modificaciones relevantes en materia de ingreso, estabilidad, indemnizaciones, régimen de recursos y clasificación del personal.

Según el Ejecutivo, los cambios buscan ajustar el estatuto a la realidad actual, garantizar responsabilidad fiscal y simplificar procesos legales.

Alcance y excepciones

La Ley 560/73 delimitaba en detalle qué organismos y cargos quedaban comprendidos en el estatuto, con una extensa enumeración de excepciones.

El proyecto de reforma opta por una redacción más amplia y simplificada: amplía el alcance a todos los entes del Sector Público Provincial y reordena las exclusiones, abarcando a ministros, secretarios, subsecretarios, directores y personal de gabinete, además de empleados de entes autárquicos y empresas públicas.

Nace una nueva figura entre los estatales

Uno de los cambios más profundos es la creación de la categoría de “personal de planta interino”, inexistente en la ley original.

Estos trabajadores podrán cubrir vacantes sin pasar por concurso, pero su permanencia será transitoria y sin estabilidad. Su designación quedará condicionada a ser reemplazados una vez que se designe a un titular mediante los mecanismos de ingreso previstos por ley.

Indemnizaciones más acotadas

El régimen vigente contemplaba una escala progresiva en las indemnizaciones por supresión de puestos: 100% del sueldo por año de servicio hasta los 10 años, 150% entre 10 y 20, y 200% a partir de los 20 años.

El proyecto elimina esa progresividad y establece un pago uniforme del 100% del último sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, lo que representa una reducción considerable para quienes acumulan mayor antigüedad.

Además, se elimina la posibilidad de cubrir indemnizaciones con fondos de otros créditos de la jurisdicción, limitando el pago exclusivamente a las partidas presupuestarias previstas.

Recursos y derechos en caso de baja

La Ley 560/73 habilitaba un sistema de recursos administrativos propios y, en caso de separación injusta, garantizaba el pago de salarios caídos o la opción entre reincorporación e indemnización. El proyecto de Cornejo deroga estos artículos y remite directamente a la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 9003).

Asimismo, restringe los derechos: si un despido es revocado, el agente podrá recuperar el cargo, pero no cobrará haberes caídos.

A su vez, las indemnizaciones por daños quedan limitadas al 50% del sueldo por hasta 24 meses, lejos de las escalas vigentes.

Fin a los “derechos hereditarios”

Otro punto destacado es la derogación del artículo 90, que permitía designar a la viuda o un hijo de un agente fallecido en un cargo vacante sin concurso. Para el Gobierno, se trata de una práctica “cuasi hereditaria” incompatible con principios republicanos.

La nueva batalla entre Cornejo y los gremios

La propuesta de reforma del Estatuto del Empleado Público enviada a la Legislatura por el gobernador Cornejo abrió un fuerte contrapunto con los gremios estatales mendocinos, que denuncian que la iniciativa vulnera derechos adquiridos y apunta a “flexibilizar” la relación laboral en la administración pública.

Mientras el Ejecutivo defiende la necesidad de “modernizar” una normativa obsoleta, los sindicatos advierten que se trata de un avance en contra de la estabilidad y la seguridad jurídica de los trabajadores.

Uno de los principales ejes de conflicto es la incorporación de la figura del personal interino. Para el Gobierno, se trata de formalizar una práctica ya existente, en la que empleados cubren vacantes hasta que se realice un concurso.

Sin embargo, los gremios cuestionan que este mecanismo legaliza la falta de estabilidad, generando un sector de estatales sin los derechos básicos de la planta permanente. A su entender, la medida abre la puerta a la precarización dentro del propio Estado.

Otra de las diferencias centrales gira en torno a las condiciones de reincorporación de empleados cesanteados de manera irregular. Para los sindicatos, esto significa un retroceso en la protección contra despidos arbitrarios. Cornejo, en cambio, argumenta que sigue el criterio de la Corte nacional y que “no se deben pagar días no trabajados”.

Los gremios también pusieron la mira sobre la ampliación de la planta política. En particular, cuestionan la inclusión de cargos como los secretarios privados de ministros y legisladores dentro de las categorías con sueldos “fuera de nivelatados al salario del gobernador. Desde ATE señalaron que se trata de una “locura” que la ciudadanía tenga que sostener con fondos públicos estas designaciones, mientras se recortan derechos a los empleados de carrera.

Cornejo, por su parte, defendió la reforma señalando que el estatuto vigente es “añejo” y que la estabilidad laboral solo debe estar garantizada por concurso. Remarcó que la norma actual fue diseñada en un Estado pequeño y que hoy genera distorsiones que afectan la eficiencia. Además, acusó a ATE de “meter miedo” con la amenaza de despidos masivos, comparando su postura con la de otros sindicatos, como ATSA, con los que aseguró estar en conversaciones “más razonables.

Fuente:https://www.elsol.com.ar/mendoza/estatuto-del-empleado-publico-los-puntos-centrales-de-la-reforma-y-como-cambia-la-ley/