Ariel Lijo y Manuel García Mansilla., afuera de la Corte Suprema.
El juez Ramos Padilla alegó que no se cumplieron los mecanismos correspondientes y dejó sin efecto el decreto presidencial que los había nombrado.
En los considerandos, Ramos Padilla aseguró que no existe una práctica constitucional sostenida de nombramientos de jueces en comisión, como alegó el Poder Ejecutivo. En base a lo expuesto, consideró que en los últimos 100 años ningún presidente elegido por el voto popular había realizado un nombramiento en comisión de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se haya materializado.
En ese marco, el juez recordó que el nombrado a través de un decreto presidencial fue García-Mansilla, quien asumió e integró la Corte durante 40 días, hasta que renunció a cargo recientemente. Respecto a Lijo, no llegó a jurar ya que pretendía conservar, por medio de una licencia, su cargo en los tribunales de Comodoro Py.
Además, Ramos Padilla destacó que la designación de los magistrados de la Corte Suprema constituye un acto complejo federal que involucra la voluntad del Poder Ejecutivo Nacional y la del Senado, cuyos integrantes deben manifestarse de una forma específica, mediante la aprobación de dos tercios de sus miembros presentes en una sesión pública convocada a tal efecto.
Fuente:https://www.losandes.com.ar/politica/corte-suprema-declararon-inconstitucional-la-designacion-manuel-garcia-mansilla-y-ariel-lijo-n5945243





