San Rafael, Mendoza 18 de mayo de 2024

Reglamentación para la quema prescripta de pastizales en Mendoza

El instructivo de procedimiento sobre quema prescripta de pastizales y pajonales está disponible para descarga en el sitio de internert de la Subsecretaría de Ambiente.

Se trata de la Resolución DRNR 1946/23, que regula el procedimiento para la solicitud y autorización de quema prescripta de pastizales en zonas no irrigadas de la provincia. El instructivo del proceso completo está disponible en este ENLACE.

El subsecretario de Ambiente, Sebastián Melchor, comentó que “la publicación de este instructivo es una herramienta más para garantizar la seguridad del procedimiento y los cuidados ambientales. La quema prescripta o controlada de pastizales tiene como objetivo eliminar el material herbáceo seco diferido o envejecido y permitir el rebrote y mejoramiento de pasturas naturales y/o siembras de especies exóticas o nativas con el propósito de incrementar la producción de carne por hectárea”.

“Además, impacta positivamente sobre las especies subarbustivas y arbustivas, reduciendo su material aéreo y provocando el rebrote vigoroso”, agregó Melchor.

Cabe destacar que la disminución de vegetación seca disponible, denominada combustible, mediante procesos de quema prescripta en épocas de baja temperatura ha demostrado ser una herramienta que mitiga el accionar del fuego durante la temporada de riesgo alto de incendios, permitiendo disminuir el desarrollo de estos.

El funcionario explicó que si bien es el productor quien solicita la autorización para la realización del procedimiento de quema prescripta, es la Dirección de Áreas Protegidas, a través del Plan Provincial de Manejo del Fuego, quien estará a cargo de la realización y ejecución de la quema, a los efectos de garantizar las medidas de seguridad adecuadas para evitar la propagación del fuego y asegurar la correcta realización del mismo desde el punto de vista técnico y ambiental. Además, hay limitaciones respecto de superficies y tiempo entre quema y quema. El productor solicitante debe abonar los costos del procedimiento.

“Aunque haya sido autorizada, en ningún caso el particular tiene permitido realizar la quema. En todos los casos será ejecutada por personal del Plan Provincial de Manejo de Fuego”, resaltó Melchor.

Para analizar la pertinencia el procedimiento de quema, el productor debe presentar un Plan de Manejo, elaborado por un profesional matriculado e inscripto al registro de Profesionales de Bosque Nativo de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, además del resto de la documentación. El instructivo se puede descargar en este ENLACE.

Cabe destacar que solo se podrán ejecutar las quemas entre marzo y agosto de cada año y en ningún caso la superficie a tratar podrá ser superior a mil hectáreas. El mismo predio o parcela podrá ser tratado mediante quema nuevamente recién a partir del décimo año.

En ningún caso se autoriza la quema en los siguientes supuestos:

  • Que sea solicitada para el desmonte y/o la supresión de flora nativa y bosque nativo para cambio de uso de suelo.
  • Que sea requerida como herramienta para la eliminación de residuos de cualquier índole o limpieza de fincas o predios en zonas irrigadas.
  • Que el solicitante registre multas impagas ante la Dirección de Recursos Naturales Renovables al efectuar la solicitud.

El presidente de Ganadería de la Cámara de comercio de General Alvear, Ramiro Labay, aseguró: “Esta es una medida muy acertada que hemos venimos trabajando junto con productores, instituciones y la Subsecretaría de Ambiente desde hace mucho tiempo. Es una propuesta de triple impacto, ya que desde el aspecto económico incrementará la producción; en el contexto ambiental, se prevendrán incendios a través de la quema estratégica a modo de cortafuegos y limpiando material combustible de los campos; y en el ámbito social proveerá de actividad a los brigadistas en momentos del año donde tienen menor accionar”.

Más adelante, Labay agregó que “la quema prescripta es una de las maneras más convenientes de mejorar la productividad de nuestros campos. Si Mendoza quiere crecer como zona ganadera, tenemos que producir más pasto para transformarlo en proteína animal. La quema controlada se realizará en un ambiente controlado por los organismos que tienen que intervenir: la Dirección de Áreas Protegidas y el Plan Provincial de Manejo del Fuego”.

Labay explicó que, teniendo en cuenta la importancia del cuidado que requieren los bosques nativos dentro del ecosistema, la quema prescripta se presenta con una excelente opción para protegerlos de los incendios generados en la temporada estival por el exceso de vegetación seca combustible: “De esta manera, a la vez que protegeremos los bosques nativos podemos lograr que los pastizales naturales, que han sido muy degradados o que están bajo la sombra de especies arbustivas invasivas que impide el crecimiento de los pastos aptos para el consumo animal, puedan florecer”.

Se recuerda a la población que está prohibida la limpieza de campos a través de la quema, actividad enmarcada en la Ley Provincial 6099 de Manejo de Fuego y la Ley Provincial 9099 Código Contravencional, siendo dichas acciones plausibles de sanción.

En caso de ver un incendio, se debe mantener la calma y dar aviso a las autoridades de inmediato (911).

 

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