Se iniciará el martes 17 de octubre. Esta etapa se extenderá hasta el 31 de octubre aproximadamente. Luego, se prevé el uso de feromonas pulverizables.
La estrategia para esta campaña prioriza los tratamientos sobre fincas en estado de abandono, con riesgo fitosanitario y como complemento a las acciones de control que realicen los productores en los departamentos de Lavalle, Luján, Maipú, Junín, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa y La Paz para el control de la primera generación de la plaga.
Cabe tener en cuenta que las pulverizaciones aéreas deben complementarse con el trabajo intrafinca que realizan los productores, quienes deberán mantener el cultivo protegido hasta el 7 de noviembre inclusive, comenzando las aplicaciones desde el momento en que el viñedo presente racimos florales de 5 a 7 cm de longitud, según la alerta para el control del primer vuelo de la plaga emitida por el Senasa. Es preciso que al aplicar productos fitosanitarios, estos sean específicos para la plaga y de bajo impacto ambiental.
La Provincia de Mendoza ha aportado recursos para implementar el servicio de tratamientos aéreos sobre 68.700 hectáreas de los oasis Norte y Este de la provincia. La superficie podría ampliarse en 120.000 hectáreas más, en caso de contarse con fondos nacionales para ello, lo que permitiría realizar acciones sobre las próximas generaciones de la plaga. Los tratamientos serán supervisados por técnicos del Iscamen y del Senasa.
Como en las campañas anteriores, en las cuales el servicio se prestó con absoluta normalidad, se emplearán productos registrados y autorizados por el Senasa y de bajo impacto ambiental. Es decir, que no suponen peligro para flora, fauna, agua, suelo y población en general, tanto por sus características como por las dosis y el modo de empleo por parte del programa. Asimismo, no se realizarán aplicaciones en zonas urbanas, periurbanas, escuelas, centros de salud, hospitales, etc. Ello, en razón de que las aeronaves que se emplean para esta labor requieren de ciertas condiciones para efectuar las tareas sobre áreas donde no se presenten determinados obstáculos, como antenas, cableados o edificios. Se contemplarán zonas de contención o amortiguamiento de 500 metros hasta lugares de aplicación, medida que supera ampliamente los estándares internacionales en la materia.
Todas las acciones cuentan con la Declaración de Impacto Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza.
Es importante destacar que los fitosanitarios que se emplean son de la más baja categoría toxicológica existente (banda verde o categoría IV), presentan una elevadísima selectividad de acción para afectar únicamente a la plaga que se busca controlar y no ocasionan efectos sobre abejas, insectos benéficos, animales de sangre caliente o personas, en las condiciones de uso y dosis que el programa los utiliza.
El cronograma de actividades será el siguiente y estará sujeto a modificaciones por razones climáticas u operativas:
Días 1, 2 y 3 (17 al 19 de octubre)
- Lavalle: Jocolí Viejo, Tres de Mayo, Jocolí, San Francisco, La Palmera, Paramillo, Costa de Araujo y Gustavo André.
- San Martín: Nueva California.
Días 4, 5 y 6 (20 al 22 de octubre)
- Lavalle: Paramillo, La Holanda y Costa de Araujo.
- San Martín: Nueva California, El Central, El Divisadero y Tres Porteñas.
- Maipú: Fray Luis Beltrán.
Días 7, 8 y 9 (23 al 25 de octubre)
- Maipú: San Roque.
- San Martín: Palmira, El Divisadero, Tres Porteñas, Montecaseros, Chapanay, Las Chimbas, Alto Salvador, El Espino y El Ramblón,
- Santa Rosa: 2 de Octubre.
Días 10, 11 y 12 (26 al 28 de octubre)
- Maipú: Fray Luis Beltrán y San Roque
- San Martín: Palmira
- Junín: Los Barriales, Junín, La Colonia, Algarrobo Grande, Alto Verde,
Phillips, Mundo Nuevo y El Ramblón. - Santa Rosa: 12 de Octubre, Santa Rosa, Las Catitas y La Dormida
- La Paz: La Paz.
Días 13,14 y 15 (29, 30 y 31 de octubre)
- Maipú – Luján de Cuyo: Barrancas, El Carrizal, Ugarteche y Anchoris.
- Junín: Rodríguez Peña, Junín, Medrano y Reducción.
- Rivadavia: Los Árboles, Andrade, Rivadavia, Santa María de Oro, La Libertad, Los Campamentos, La Central y El Mirador
En virtud del desarrollo de la biología de la plaga, las áreas previstas en el cronograma de trabajo podrán ser nuevamente tratadas y/o repasadas, con los mismos criterios técnicos a fin de incrementar la eficiencia del trabajo.
Las acciones de control se desarrollarán en el marco de la Ley Nacional 27227, que declara de interés nacional el control de la plaga; la Ley Provincial 9076, que declara de interés provincial el control del insecto, y la Resolución 449/2018 de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, que establece las recomendaciones y consideraciones generales para llevar adelante estas acciones de control de la plaga.
Para más información, ingresar aquí o realizar consultas al correo lobesia@iscamen.com.ar.
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