El domingo 11 en Mendoza se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Para algunos departamentos será la segunda ocasión de voto porque decidieron desdoblar. Estas instancias son obligatorias, sin embargo, hay personas que están exentas de asistir a las urnas.

La Ley de Ciudadanía Argentina N°26.774 enumera un listado de ocho condiciones que brinda a determinados habitantes del territorio nacional una justificación para la no emisión del voto. Aunque, si desean asistir a emitir su sufragio, pueden hacerlo.

¿Quiénes no tienen obligación de ir a votar?
  • Los jóvenes mayores de 16 y menores de 18 años.
  • Los mayores de 70 años.
  • Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección se vean afectados laboralmente.
  • Aquellas personas que se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento corresponde a motivos razonables.
  • Personas enfermas o imposibilitadas a votar por fuerza mayor, suficientemente comprobada, y que por ese motivo no puedan concurrir al acto electoral.
  • Los ciudadanos argentinos residentes en el exterior.
  • El personal de organismos o entidades de servicios públicos que se encuentren activos laboralmente el día de las elecciones. Ante esta situación, el empleador o su representante legal deberán comunicarse con el Ministerio del Interior y entregar un listado de las personas afectadas con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

Licencia para ir a votar

Por otro lado, las personas que por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.

Fuente;https://www.elsol.com.ar/mendoza/quienes-estan-exentos-de-votar-y-por-que/