San Rafael, Mendoza jueves 25 de abril de 2024

Se habilitó la inscripción para acceder al Procrear II en Mendoza

Procrear Mendoza En Mendoza la inscripción se habilitó en cuatro zonas.

En esta oportunidad serán dos las modalidades: Destino Joven, para personas de entre 18 y 35 años, e Inscripción General, en la que podrán anotarse mayores de 36 y hasta 64 años

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió la inscripción para viviendas de Procrear II, la línea que brinda acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en Desarrollos Urbanísticos.

En esta oportunidad serán dos las modalidades: Destino Joven, para personas de entre 18 y 35 años, e Inscripción General, en la que podrán anotarse mayores de 36 y hasta 64 años, detalló el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Las inscripción se habilitó desde este miércoles, en el sitio argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos.

Los Desarrollos Urbanísticos incluidos en esta inscripción son 43, distribuidos en las provincias de Buenos Aires (San Martín II, Bahía Blanca, Bolívar, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás), Chaco (Roque Sáenz Peña) y Santa Fe (General Lagos, Rafaela, Estación Cambios / Parque Federal y Sunchales).

Procrear

Abre la inscripción para acceder a Desarrollos Urbanísticos.

Asimismo, se localizan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Estación Buenos Aires y Estación Sáenz), Córdoba (Alejandro Roca, Barrio Liceo, Cavanagh, Morrison y San Francisco), Entre Ríos (Paraná), Jujuy (San Salvador de Jujuy), Mendoza (Maipú, Malargüe, Mendoza capital y San Rafael), Salta (Tartagal y Huainco), Misiones (Posadas), Santa Cruz (Río Gallegos), Neuquén (Zapala), Río Negro (Bariloche y Viedma), Santiago del Estero (La Banda y Santiago del Estero), Tierra del Fuego (Río Grande) y Chubut (Puerto Madryn).

Los requisitos son no haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos diez años; no tener, tanto el titular como el cotitular bienes inmuebles registrados a su nombre; y ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.

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