En Mendoza adaptan periodicidad y vigencia según establece la normativa. Para los vehículos de 3 a 7 años de antigüedad será cada dos años, como rige la ley a nivel nacional.
De acuerdo con la Resolución N°6, emitida por la Secretaría de Servicios Públicos de Mendoza, se establecen nuevas disposiciones en la realización de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
Todos los vehículos que integran las categorías L, M, N y O definidas en el artículo 28 de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial 24449 deberán contar con la aprobación de la RTO:
- Unidades 0 km que se incorporen al parque automotor tendrán un plazo máximo de gracia de 36 meses a partir de su fecha de patentamiento para iniciar el trámite.
- Vehículos particulares que no excedan los 7 años desde su patentamiento tendrán una vigencia de 24 meses a partir de la fecha de realizada la respectiva revisión.
- Vehículos de mayor antigüedad tendrá una vigencia efectiva de 12 meses.
Cabe destacar que la revisión de vehículos automotores, acoplados, semiacoplados y motovehículos radicados en la provincia se realizará de acuerdo a lo establecido en la Manual de RTO, aprobado por disposición 26-E/2018 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Sé el primero en comentar en «Actualizan plazos para la Revisión Técnica Obligatoria»