San Rafael, Mendoza 30 de noviembre de 2024

El viernes cobran el aguinaldo los empleados estatales de Mendoza

El viernes cobran el aguinaldo los empleados estatales de Mendoza Se trata de un sueldo anual complementario también conocido como SAC y corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida. El pago es el 16 de diciembre.

Se aproximan las fiestas de fin de año y la mayoría de los trabajadores ya están pensando en qué hacer con su aguinaldo, por eso desde el Ministerio de Trabajo y Justicia de la provincia de Mendoza, confirmaron que los empleados estatales cobrarán su medio aguinaldo el día viernes 16 de diciembre, correspondiente al segundo semestre del año.

Se trata de la mitad del Sueldo Anual Complementario que corresponde al segundo semestre del año y que tiene como fecha límite de cobro cuatro días hábiles posteriores a cada 18 de diciembre. Por esta ocasión, el Gobierno adelantó que a los empleados se les podrá depositar por igual a todos el mismo día sin escalonar ni dividir los pagos.

El monto que se cobra corresponde al 50% de la mejor remuneración mensual recibida desde julio a diciembre del último año laborado.

Cómo calcular el aguinaldo

El correspondiente aguinaldo es un pago extra que se realiza por ley dos veces al año y el mismo es el 50% del mejor sueldo percibido en cada mitad del año, de enero a junio y de julio a diciembre e incluye todo concepto por el que se haya liquidado, estos ítems son: sueldo básico, horas extras, trabajos especiales y cualquier tipo de compensatorio que haya que agregar.

El cobro de un aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores tanto del sector público como del sector privado, así también, deben cobrarlo los jubilados y pensionados, aunque tiene algunas características especiales que se detallan a continuación.

El SAC se debe pagar en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre y el vencimiento para el pago del segundo aguinaldo es el domingo 18 de diciembre según la ley de Contratos de Trabajo, sin embargo, es legal permitir un periodo de tolerancia de hasta no más de cuatro días hábiles para hacer este pago efectivo por parte del empleador. Si el trabajador entró a la empresa y aún no cumplió seis meses de trabajo, se calcula un proporcional para percibir su cobro.

 

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