San Rafael, Mendoza jueves 25 de abril de 2024

Multan con $5 millones a un privado por hacer desmontes en el piedemonte

La investigación realizada por el equipo de inspectores de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial se inició gracias a las denuncias recibidas por diferentes vecinos de la zona, que reportaron movimientos y acondicionamientos de suelo, trazado de calles e inicio de construcciones entre otras cosas. E organismo ambiental le aplica el máximo de multa establecido por el art. 39 Ley 5961 y art. 58 de la Ley 9355.

A través de la Unidad de Evaluaciones Ambientales, perteneciente a la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de la provincia, se iniciaron una investigación y varias inspecciones, fruto de diversas denuncias recibidas en el área de terrenos afectados por el polígono de piedemonte. Específicamente, en el barrio Quinta San Isidro Oeste, Sección XI Piedemonte, de la Ciudad de Mendoza.

Al realizarse la inspección, donde se observaron actividades de movimientos y acondicionamiento de suelos y trazado de calles, anegamiento de cauces, desmontes e inicio de construcciones, se notificó al infractor para que inicie el correspondiente descargo, de acuerdo con lo establecido por la Ley vigente. Al no haber presentado el correspondiente descargo y avanzar nuevamente con las infracciones anteriormente mencionadas, se paralizaron todas las acciones denunciadas y se impuso el máximo de la multa establecida por el Art. 58 de la Ley 9355, incumplimiento del art. 28 y art. 39 de la Ley 5961, Ley 5804, Ley 4886 y el Decreto 1077/1995.

El detalle de la multa según la Resolución 416/2022 se aplica de la siguiente manera: “Impóngase una multa de pesos cinco millones ($5.000.000,00) a Martín Ruti por la ejecución de actividades de movimiento y acondicionamiento de suelos, y trazado de calles, anegamiento de cauces, desmontes e inicio de construcciones, en el terreno indicado según Matricula Matrícula 145970/1-Catastro 01-01-88-2300-644090-0000-4.- s/entr. 115524:01-01-88-2300643047-0000-6, sin realizar el Procedimiento de Estudio de Impacto Ambiental, en contravención a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 5961, conforme los argumentos vertidos en los considerandos”.

“Seguimos llevando a cabo estrictos controles en todo el piedemonte mendocino, con el objetivo de desarrollar políticas de ordenamiento territorial que ayuden a mejorar el desarrollo de la zona de forma ordenada y fundamentalmente preservando el ambiente y la biodiversidad”, explicó el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance.

 

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