San Rafael, Mendoza jueves 28 de marzo de 2024

Titularización docente por concurso público de antecedentes y oposición: el nuevo desafío que afronta el Nivel Superior

Por primera vez en la historia de los institutos de Educación Superior dependientes de la Dirección General de Escuelas (DGE), se abrirá una instancia para titularizar horas cátedra de la formación inicial. La medida está enmarcada en el Decreto 530/18 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, que entró en vigencia el 24 de abril de 2018.

La Coordinación General de Educación Superior (CGES) de la Dirección General de Escuelas continúa impulsando la actualización del sistema educativo en base a las necesidades del Nivel Superior y lo establecido por el Decreto 530/18. Esta norma regula el funcionamiento de los Institutos de Educación Superior de Mendoza, en el marco de la Ley Nacional de Educación Superior 24521, y las leyes provinciales de Educación 6970 y 4934, Estatuto del Docente.

“Hasta este momento, en Mendoza, nunca hubo una titularización del Nivel Superior que no sea por paritaria”, explicó la coordinadora general de Educación Superior, Emma Cunietti. La funcionaria anunció que a partir de agosto se realizará una experiencia piloto de implementación de concursos de titularización en tres institutos de gestión estatal.

“El sistema actual marca una diferencia, porque a los maestros y profesores de los niveles Primario y Secundario se les exige bono de puntaje y oposición de antecedentes, mientras que a los docentes de Nivel Superior no se les pide. Incluso ha pasado que, como no existía Junta Calificadora, en ciertos casos los cargos eran otorgados por amistad, y esto es una injusticia. Por eso planteamos una nueva forma de titularizar en el Nivel Superior, en base a lo establecido por las leyes nacionales y provinciales y regulado por el Decreto 530/18, que será por concurso público de antecedentes, méritos y oposición, para garantizar la transparencia en el acceso a los cargos y la idoneidad de los docentes”, destacó Cunietti.

Titularización docente en el Nivel Superior

Con la puesta en vigencia del Decreto 530/18 comienza un proceso que promueve la igualdad de oportunidades y garantiza mayor idoneidad profesional de quienes tienen entre sus manos el destino y calidad de las instituciones, acompañado por líneas de políticas educativas progresivas en el marco de la normativa nacional y provincial.

En este contexto es que, por primera vez en la historia de los institutos de Formación Superior de gestión estatal dependientes de la Dirección General de Escuelas, se realizará un concurso público abierto de antecedentes y oposición para titularizar horas cátedra de la formación inicial, con jurado externo.

El Consejo Directivo de cada institución, con el listado de cargos a concursar aprobado, será el encargado, conjuntamente con la Coordinación General de Educación Superior, de realizar el llamado e implementar el concurso público. La condición de titular adquirida por cada docente se renovará cada siete años con la implementación de una evaluación de desempeño bianual.

Desde agosto a diciembre de 2021, tres instituciones de Nivel Superior se encuentran realizando la experiencia piloto de implementación de concursos en los términos del mencionado decreto: el IES 9-021 “Tecnológico Junín”, IES 9-027 de Guaymallén y el IES 9-003 Normal Superior Mercedes Tomasa de San Martín de Balcarce de San Rafael.

Otorgamiento de suplencias

Los establecimientos de Nivel Superior habilitan anualmente el registro de aspirantes a suplencias de las horas cátedras que se dictan frente a estudiantes, según el diseño curricular aprobado para cada carrera y de los cargos iniciales del escalafón docente con validez por un año académico.

Durante los diez días previos a la fecha de apertura del registro, se realizará una amplia difusión de las condiciones y plazos de inscripción entre los docentes hacia el interior de la institución, en otros medios de comunicación locales y provinciales, y en otros ámbitos vinculados con la educación superior, para garantizar la libre participación de los profesionales que deseen desempeñarse en el nivel.

En esta instancia son los consejos Académico y Directivo de las instituciones los responsables de la tabulación de los antecedentes docentes, la elaboración del orden de méritos y la implementación de los procedimientos complementarios, como defensa y coloquio del plan de cátedra para asegurar la transparencia en las designaciones de docentes suplentes y su probada idoneidad para el desempeño de la tarea.

Alcances del Decreto 530/18

Aborda temáticas relacionadas con la conformación y funcionamiento de los equipos de gestión de gobierno y académica institucional, los consejos directivos, la democratización de los procesos eleccionarios, el sistema de ingreso en carácter de titular o suplente para docentes del Nivel Superior en horas cátedra y cargos base del escalafón docente y todo lo atinente al régimen disciplinario.

Propone una modernización del sistema y una actualización en base a las necesidades y dinámicas propias del Nivel Superior con los que se pretende legitimar la solvencia académica de los docentes que desempeñan las diferentes funciones. Suma a esto la elección democrática por el voto directo y ponderado de todos los claustros cuando se trata de órganos unipersonales de gobierno y de gestión académica, y el concurso de antecedentes y oposición para los docentes que desempeñan funciones frente al aula.

 

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