San Rafael, Mendoza jueves 28 de marzo de 2024

Nueva disposición: qué requisitos debe cumplir un tráiler para circular

https://elsol-compress-release.s3-accelerate.amazonaws.com/images/large/1620237793965trailer.jpgDeberán obtener un certificado para poder concluir con el patentamiento. A partir de noviembre no podrán circular con la patente 101.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) estableció una nueva normativa para que los tráileres, acoplados y remolques puedan obtener el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) obligatorio para su patentamiento.

Estas unidades deberán aprobar un informe técnico emitido por el organismo nacional que será requisito previo al otorgamiento del CSV.

La medida alcanza a los vehículos de la categoría O1: acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares.

Este tipo de unidades necesitan presentar el CRV ante la  Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento.

El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

Desde el organismo nacional indicaron que la medida busca determinar las características técnicas que deben reunir estos vehículos a fin de garantizar las condiciones de seguridad necesarias para su circulación.

Y advirtieron que a partir de noviembre de este año estas unidades no podrán  circular con la patente 101.

«Circular con vehículos en condiciones y en regla es obligatorio para hacerlo de manera segura, y más aún cuando se trata de trasladarse con un acoplado o un tráiler. Esta medida busca que quienes conduzcan remolcando este tipo de vehículos lo hagan responsablemente», expresó el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano.

Paso a paso: cómo patentar un tráiler

Para patentar un tráiler, el propietario debe iniciar el trámite ante la DNRPA. Luego debe concurrir a un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia donde realizarán el informe técnico que dará cuenta si la unidad cumple con las condiciones necesarias.

Una vez aprobado el informe, el taller lo envía directamente a la ANSV.

En caso de que lo haya elaborado un ingeniero, éste deberá remitirlo al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada es la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.

Una vez que el organismo nacional recibe y aprueba el informe, enviará por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada.

Tras recibir el pago correspondiente, la ANSV enviará el certificado a la DNRPA para que el propietario pueda concluir con el patentamiento.

Fuente:https://www.elsol.com.ar/el-pais/nueva-disposicion-que-requisitos-debe-cumplir-un-trailer-para-circular

 

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