Para su elaboración participaron distintas instituciones: Cámara de la Fruta Industrializada de Mendoza, Unión Vitivinícola Argentina,
Bodegas de Argentina, Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas,
Centro de Viñateros y Bodegueros del Este, UNCuyo con sus facultades de Ciencias Agrarias, Ingeniería, Ciencias aplicadas a la Industria, y Derecho, INTA, INTI, Instituto Nacional de Tecnología Industrial
YPF, Agua y Saneamiento Mendoza, Instituto de Agua y Ambiente, Universidad de Mendoza, Fiscalía de Estado y áreas del DGI.
El objetivo de la norma busca incentivar el reuso de efluentes industriales en el riego agrícola de cultivos como una nueva medida para afrontar la sequía; asegurar que el reuso se efectúe adecuadamente evitando la afectación de los acuíferos; ajustar el parámetro de conductividad eléctrica específica a las particularidades de cada cuenca y a la peligrosidad de cada establecimiento (carga másica); incrementar los controles en los establecimientos con peligrosidad media y alta con fin de preservar el recurso hídrico; propiciar la reducción de uso de agua y la disminución de la carga contaminante de los efluentes que se generan; regularizar la situación de las Empresas que generan efluentes industriales y carecen de Permiso de Vertido o Convenio, calificándolas como Agentes Contaminantes y exigiéndoles la presentación y estricto cumplimiento de un Plan de Reconversión de efluentes industriales bajo apercibimiento de clausura; y asegurar la garantía del debido proceso en todo procedimiento sancionatorio, en línea con las modificaciones de la Ley 9003 de procedimiento administrativo.
Asimismo, para facilitar su aplicación se aprobó el texto ordenado de la Res. 77/96 HTA que incluye todas las modificaciones vigentes a la fecha.
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