Este lunes el Ministerio Público Fiscal establecerá un patrón de trabajo para las oficinas fiscales correccionales ante el incumplimiento del aislamiento social. El Código Penal Argentino establece días de arresto y multas desde $5 mil a $100.000.
Santiago del Estero fue la primera provincia en detener a tres personas que, con síntomas declarados de coronavirus COVID-19, violaron el aislamiento prescripto por los médicos y pusieron en riesgo al resto de la población. Este incumplimiento está penado ya que constituye un delito contra la Salud Pública.
Las personas que infrinjan lo dispuesto por el Decreto de Emergencia por el Coronavirus tanto en el ámbito nacional, como la emergencia sanitaria que dictó la provincia, serán sometidas a un protocolo de actuación elaborado por el Ministerio Público Fiscal en consulta con el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza.
El procurador Alejandro Gullé destacó que este lunes se realizará una reunión para evaluar los alcances y el encuadre de este tipo de delito en el marco de la pandemia que ya se cobró dos vidas en el país.
“No vamos a permitir que la gente haga lo que quiera, porque el que sabe que tiene la enfermedad o que tiene posibilidades de contagiar y no guarda la cuarentena es como salir con un revólver a la calle”, observó el jefe de los fiscales de Mendoza.
Gullé destacó que es necesario analizar cada caso puntual y arbitrar los medios con el Ministerio de Salud para que aquellas personas que no tienen familiares o personal de apoyo cuenten con alguna asistenta para asegurar el cumplimiento del aislamiento.
Los delitos contra la salud pública están establecidos en el artículo 205 del Código Penal y prevé una pena de seis meses a dos años prisión.
«La cuarentena no la podemos hacer voluntaria, tiene que ser obligatoria. Toda persona que venga de un lugar de riesgo tiene que llegar y encerrarse 14 días. Si la quiebra, va a ser denunciada por incurrir en un delito de salud pública que es propagar una infección en la comunidad”, había explicado el presidente Alberto Fernández en cadena nacional el jueves pasado.
El Decreto de Necesidad y Urgencia también toma como base, el artículo 239 del Código Penal el que detalla, “será reprimido con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal».
La figura penal a la que recurrió el Poder Ejecutivo para frenar la expansión de este virus busca sancionar aquellas acciones u omisiones dolosas a través de las cuales se pueda introducir o propagar una epidemia.
Por otro lado, la legislación argentina prevé entre 3 y 15 años de prisión para las personas que contagien una «enfermedad peligrosa y contagiosa», en el artículo 202 y multas por de entre 5 mil a 100 mil pesos, cuando la propagación por «negligencia, imprudencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo».
Fuentes judiciales explicaron que a la hora de aplicar el protocolo de acción hay que hacer una correcta diferenciación entre aquella persona sabía que estaba dentro del grupo de riesgo y tenía el diagnóstico, que aquella que quizás viajó a la zona de mayor contagio pero no presentaba síntomas.
“No es lo mismo una omisión dolosa –que se representó el peligro- que la imprudencia, que tiene pena de multa”, aclararon.
La denuncia
En la conferencia de prensa que se llevó a cabo este viernes al anunciarse la declaración de la emergencia sanitaria en Mendoza por un año, el ministro de Gobierno Víctor Ibáñez, detalló que ante la irregularidad de que haya personas que revisten casos sospechosos que no respeten el aislamiento social, la denuncia se podrá realizar en las oficinas fiscales, como cualquier otro delito.
También indicó que se instruyó al Ministerio de Seguridad para que la Policía colabore con la detención de los pacientes que violen la cuarentena.
Y resaltó que «la Policía que deberá actuar en los casos en que se detecte incumplimiento del aislamiento por parte de las personas que puedan ser portadoras de este virus, impidiendo que estén circulando y generando una situación complicada de contagio”.
El caso cordobés
En las últimas horas en el municipio de La Carlorta se activó un protocolo, a través del cual, un hombre quedó en vigilancia policial por negarse a cumplir con la cuarentena.
La fiscalía de instrucción de esa localidad le impuso que no saliera de su domicilio, luego de conocerse que había llegado de una zona de riesgo, como es España.
El hombre de 38 años fue denunciado por sus propios vecinos, quienes alertaron a las fuerzas de seguridad de que no estaba cumpliendo con el aislamiento social.
El decreto nacional que rige desde este jueves establece que la obligatoriedad de una cuarentena para quienes lleguen a la Argentina desde China, Estados Unidos, Europa, Irán, Japón, Corea del Sur y los países de la Unión Europea.
La medida incluye también la suspensión por 30 días de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de los países donde circula el virus.
Fuente:https://www.elsol.com.ar/definen-un-protocolo-para-quienes-violen-la-cuarentena-por-coronavirus
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