San Rafael, Mendoza viernes 19 de abril de 2024

Coronavirus: alcances del decreto de Emergencia Sanitaria en Mendoza hasta el 31 de marzo

La prohibición de despidos de trabajadores, el cierre temporal de todos los aeropuertos provinciales, además del cierre de casinos y la cancelación de fiestas particulares y públicas, entre otras medidas, buscan demorar y evitar la circulación del COVID-19 en Mendoza. El decreto también establece licencias extraordinarias para trabajadores públicos y privados de más de 60 años o que estén en los grupos de riesgo.

El Gobernador Rodolfo Suárez firmó junto a sus ministros el decreto 384 de 2020, que establece la emergencia sanitaria en la provincia para “adoptar medidas rápidas, eficaces y necesarias” para evitar la circulación del COVID-19 entre la población de Mendoza.

La medida se justifica dado el avance de la pandemia, porque “resulta conveniente y necesario profundizar la reglamentación de los derechos y actividades” para restringir al máximo la propagación de la enfermedad.
Las medidas tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2020 e incluyen la suspensión total y hasta nuevo aviso de todo tipo de evento o reunión social. Esta medida incluye actividades deportivas, artísticas, sean en espacios abiertos o cerrados, tanto de públicos como de privados.

Locales nocturnos, actividades culturales y casinos

También se dispuso el cierre de locales nocturnos, el cierre de casinos y salas de juego en toda la provincia.
Cierre de salas de cine, teatros, centros culturales, museos, peloteros o salones de eventos infantiles, convenciones y otros emprendimientos en los que suponga la reunión de numerosas personas.

Limitación de acceso a bancos, bares, supermercados y restoranes

Se limita al cincuenta por ciento la ocupación de restaurantes, cafés, confiterías, bares, resto bares y otros emprendimientos comerciales vinculados, con un límite máximo de 200 personas.

En bancos, hipermercados, supermercados, centros de pago o cualquier otro ámbito donde se reúna gente a la espera de ser atendida, el decreto 384 se limita al cincuenta por ciento la ocupación y la obligación de mantener la distancia mínima sugerida por las autoridades sanitarias.

Obligaciones para alojamientos turísticos

En el caso de los emprendimientos comerciales que tengan personas alojadas bajo cualquier modalidad y brinden servicios turísticos a personas provenientes del extranjero, el responsable de la empresa “debe comunicar esta situación diariamente” al correo serviciosturisticos@mendoza.gov.ar para dar cuenta de la cantidad de personas alojadas, sus datos personales y de contacto y el tiempo de estadía.

Los encargados de los alojamientos deberán informar también sobre cualquier turista extranjero “que requieran sus servicios en el futuro y mientras se encuentre vigente el presente decreto” y acatar las medidas, especialmente el aislamiento por 14 días.

Restricciones para visitantes extranjeros y cierre de aeropuertos

El artículo dos indica que “cualquier persona que ingrese al territorio provincial proveniente del extranjero, por cualquier medio o vía de ingreso, deberá cumplir un aislamiento obligatorio de 14 días”. En este caso hay una excepción para los pasajeros en tránsito y que permanezcan en la provincia un máximo de 24 horas.

Se solicita cerrar los aeropuertos de la provincia hasta el 31 de marzo de 2020.

Prohibición de despidos y licencias extraordinarias

El decreto indica que se pedirá al Ejecutivo nacional la prohibición de los despidos sin justa causa hasta el 31 de marzo de 2020.

Los trabajadores públicos y privados que tengan 60 años o más, o que se encuentren en los grupos de riesgo, gozarán de una licencia extraordinaria hasta el 31 de marzo. Especifica el decreto que la licencia no afectará la percepción de las remuneraciones normales ni tampoco de los adicionales.

Todos los agentes de la administración pública y trabajadores del ámbito privado que por las suspensión del dictado de clases deban permanecer al cuidado de sus hijos menores de edad, gozarán de licencia extraordinaria por aquellos días que no puedan concurrir a su trabajo, teniendo en cuenta de que se contempla la presencia de un solo padre como cuidador. En este caso, la licencia extraordinaria no afectará la percepción de las remuneraciones normales del trabajador.

Se exceptúa de estas licencias al personal del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y del Ministerio de Seguridad.

El decreto también dispone de “la suspensión de todos los plazos y procedimientos en el ámbito de la administración hasta el 31 de marzo de 2020”.

Horario extendido para farmacias

Además, se faculta a todas las farmacias de la provincia a ampliar el horario de atención sin autorización previa de la autoridad administrativa.

Los artículos finales del decreto 384 hablan también de los hogares de adultos, geriátricos públicos y privados, en los que “solo se aceptarán visitas de familiares directos o de personal de salud”.

Licencias de conducir

Hasta el 31 de marzo no se labrarán actas de infracción de tránsito por las licencias de conducir que venzan hasta el 31 de marzo.

DECRETO 384.pdf

 

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