San Rafael, Mendoza viernes 17 de mayo de 2024

Ratificaron la ley: Mendoza es segunda en superficie de glaciares

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La ley protege la explotación de glaciares en la Argentina.

El máximo tribunal cerró una causa iniciada por Barrick Gold y Exploraciones Mineras Argentina en 2001. La sentencia legitima el trabajo del Ianigla y el trabajo de Ricardo Villalba el investigador mendocino cuestionado por la forma en que se hizo el inventario de glaciales.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo este martes por unanimidad la validez constitucional de la Ley de Glaciares que fija límites a determinadas actividades en zonas cercanas a masas de hielo en protección del consumo humano, del medio ambiente y contra cambios climáticos. El fallo no es menor para Mendoza, ya que es la segunda provincia con mayor superficie de glaciares a nivel nacional.

La decisión fue tomada ante la “acción declarativa” de inconstitucionalidad de la ley 26.639 promovida por las empresas Barrick Exploraciones Argentinas SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, en 2001 que contó con el apoyo de las autoridades de la provincia de San Juan. La decisión exigirá la revisión de 44 proyectos mineros que afectan áreas glaciares.

Mendoza se ubica detrás de Santa Cruz entre las provincias con mayor superficie de glaciares del país. Y también se queda en el segundo escalón con el más alto índice de glaciares luego de San Juan. La decisión del máximo tribunal del país legitima las actividades y desarrollos del Instituto Nacional de Glaciología, Nivología y Ciencias Ambientales (Ianigla).

Al mismo tiempo, el investigador Ricardo Villalba considera que el fallo lo respalda en medio de su pelea judicial. El científico ha sido cuestionado por el modo en que se llevó adelante el inventario de glaciales en el marco de una causa por el derrame tóxico en la mina de Veladero de San Juan. En ese momento, se lo acusó de que al realizar el inventario había «favorecido la actividad minera y el derrame de cianuro», explicó en ese entonces.

“Que la Corte rechace la demanda de las mineras hace que la ley tenga toda la validez y es fundamental y clave que así ocurra, porque da vigencia al inventario de glaciares y al trabajo del Ianigla”, indicó ahora Villalba.

Ver también Ley de Glaciares: procesan al ex director del Ianigla

El ex director del Ianigla fue procesado y embargado y afronta un juicio desde 2017. Pese a esto, cuenta con el apoyo de la comunidad científica local e internacional. “Es importante la ratificación de la Corte porque mi causa sigue en ejecución y fue elevada a juicio. La sentencia justifica el trabajo que hice y el esfuerzo para que haya ley”, dijo.

Ver también “El procesamiento es un cuestionamiento a la ciencia argentina”

Un fallo esperado

La ley de Glaciares fija en su texto “la protección de los glaciares y del  ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; protección de la biodiversidad”.

Las empresas mineras cuestionaron el trámite parlamentario que permitió la sanción de la ley con el argumento de que la cámara de Senadores que actuó como revisora del proyecto aprobado en Diputados introdujo modificaciones en la norma.

«La protección de los glaciares en un estado federal como el argentino implica una densa y compleja tarea política que deben cumplir conjuntamente el Estado Nacional y las provinciaspara coordinar eficazmente sus diversos intereses”, sostuvo la Corte en su fallo.

Aunque votaron con distintos fundamentos, todos los jueces de la máxima instancia judicial coincidieron en remarcar la validez de la ley, basados en el artículo 41 de la Constitución Nacional que menciona el derecho a un “ambiente sano”.

Para el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y la vicepresidenta, Elena Higthon de Nolasco, las mineras no probaron que la vigencia de la ley de glaciares genere una situación de incertidumbre que afecte al ejercicio de sus derechos.

Los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, en voto conjunto, afirmaron que cuando existen derechos de incidencia colectiva, como en el caso el acceso de grandes grupos de población al recurso estratégico del agua, se debe evaluar de manera sistémica la protección de los ecosistemas y la biodiversidad.

Fuente:https://www.elsol.com.ar/ratificaron-la-ley-mendoza-es-segunda-en-superficie-de-glaciares

 

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