San Rafael, Mendoza lunes 25 de noviembre de 2024

Plan de gobierno Parte III: Ocupémonos de San Rafael.

Participación ciudadana, Caja Vecina y Farmacias Populares.

Audiencias Públicas La Audiencia Pública constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa en el cual la autoridad responsable de la misma habilita un espacio institucional para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un interés particular expresen su opinión respecto de ella. El objetivo de esta instancia es que la autoridad responsable de tomar la decisión acceda a las distintas opiniones sobre el tema en forma simultánea y en pie de igualdad a través del contacto directo con los interesados. Las opiniones de los habitantes recogidas durante la Audiencia Pública son de carácter consultivo y no vinculante. Luego de finalizada la Audiencia, la autoridad responsable de la decisión debe explicitar, en los fundamentos del acto administrativo o normativo que se sancione, de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales las desestima. Existe una amplia variedad de tipos de Audiencias Públicas, pero en el caso de la gestión del suelo se distinguen las siguientes:

  • Audiencias Públicas Temáticas Son Audiencias Públicas Temáticas las que se convoquen a efectos de conocer la opinión de la ciudadanía respecto de un asunto objeto de una decisión administrativa o legislativa.
  • Audiencias Públicas de requisitoria ciudadana
  • Son Audiencias Públicas de requisitoria ciudadana aquellas que deben convocarse cuando así lo solicite una determinada cantidad de habitantes de la ciudad. En este caso la requisitoria para la realización de una Audiencia Pública debe contener una descripción del tema objeto de la audiencia.

 Normas sobre derecho de información urbanística y ambiental: Se entiende por información urbanística y ambiental toda información disponible por el municipio bajo cualquier forma de expresión y en todo tipo de soporte material, referida a las determinaciones tanto del Plan Urbano, como de los planes, proyectos, actividades, normas y medidas que puedan afectar a cualquier parcela dentro del espacio territorial bajo jurisdicción municipal.

Presupuesto participativo El Presupuesto participativo es una modalidad de gestión pública basada en la participación directa de la población en las diversas fases que componen la elaboración y la ejecución del presupuesto público municipal, especialmente en la indicación de las prioridades para la adjudicación de los recursos de inversiones. Instituido en a finales de los años ’80 en Brasil y consolidado en una dinámica operacional específica, esa modalidad de gestión es resultante de los complejos escenarios socio-político y de la interacción de múltiples variables intervinientes en la relación entre gobernantes del municipio (ejecutivo y legislativo) y la población local. El Presupuesto Participativo se asienta en una estructura y en un proceso de participación comunitaria que se desenvuelve a través de tres principios básicos:

  • reglas universales de participación en instancias institucionales y regulares de funcionamiento;
  • un método objetivo de definición de los recursos para inversiones, que hacen un ciclo anual de actividades públicas de presupuesto del Municipio; y
  • un proceso decisivo descentralizado teniendo como base la división de la ciudad en determinadas «regiones» presupuestarias.

El proceso de la participación en las definiciones del presupuesto municipal se da en tres etapas y según dos modalidades de participación: la regional y la temática. Las asambleas regionales y las temáticas están relacionadas y obedecen a la misma dinámica, difiriendo en cuanto al carácter de la agenda de discusión: demandas territoriales, en el primer caso, y temas específicos, pero referentes al conjunto de las regiones de la ciudad, en segundo lugar. Las tres etapas en que se desenvuelve el ciclo anual del Presupuesto Participativo son:

  • realización de las Asambleas Regionales y Temáticas;
  • formación de las instancias institucionales, tales como el Consejo del Presupuesto y los Forums de delegados. Estos, los delegaos, serán propuestos por los vecinos y designados por el Departamento Ejecutivo Municipal.
  • discusión de los habitantes del presupuesto del Municipio en el Consejo del Presupuesto Participativo.

Servicios financieros para los distritos.

El programa Caja Vecina, planificado para los distritos de San Rafael tratando mejorar la centralización financiera que vive el departamento,  está comprometida con ser un mejor vecino, a través de una oferta innovadora de servicios financieros y no financieros, ofreciendo a los usuarios realizar desde giros y depósitos en efectivo hasta pagos de contribuciones o pagos de bonos consulta médica. Acercamos  ofertas de servicios a través de una red de atención que podrá encontrar a la vuelta de la esquina, en almacenes, peluquerías, ferias, mediantes convenios entre la comuna y entidades financieras. Los beneficios para nuestros Vecinos son, menos tiempo de traslado, estamos a la vuelta de la esquina; horarios de atención más amplios. Los beneficios para los operadores son: aumento del flujo de clientes, se desarrolla un servicio esencial para toda la comunidad. Además se perciben comisión por la prestación del servicio y te convertirás en un socio estratégico de los sistemas financieros.

Farmacias municipales: un modelo alternativo.

En San Rafael en particular, pero en Argentina en general, lamentablemente la salud y los medicamentos siguen siendo un negocio. La industria farmacéutica por años nos estuvo tergiversando con altos precios por los remedios que mes a mes debemos pagar. Cuando pensamos en crear la farmacia popular lo hicimos porque el bienestar de cada uno los cuidadnos, ya que es también nuestra responsabilidad como como comuna. De hecho, el programa farmacia popular se sustenta en la Ley Orgánica Municipal que señala que una de las responsabilidades de los Jefes Comunales es velar por la salud y el medio ambiente de la comuna.  La naturaleza jurídica de la Farmacia Popular como un Programa Social, enmarcado en satisfacer la NECESIDAD MANIFIESTA de medicamento por parte de la comunidad que lo requiera. En este sentido, las farmacias populares se presentan como un modelo alternativo, que garantiza el acceso oportuno a los medicamentos, de buena calidad y a un precio justo, desafiando a los mercados de los laboratorios y combatiendo exceso en el lucro. Con lo dicho, creemos que se garantiza el derecho a la Salud, desde la esfera municipal.

Ocupémonos de San Rafael y su bienestar social, mediante nuevos instrumentos de participación ciudadana,  con más servicios financieros en los distritos y con medicamentos accesibles. De todo esto, trata el Estado transformador.

Tierra para trabajar, Tecnología para producir, Capital para desarrollar.

Contacto: ocupemonossanrafael@gmail.com

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