San Rafael, Mendoza 23 de noviembre de 2024

Las cuatro claves del proyecto de Cornejo para recuperar bienes de la corrupción

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Uno de los casos vinculados a la extinción de dominio, es la construcción de viviendas por parte de la Tupac Amaru.

La iniciativa del gobernador Alfredo Cornejo busca adaptar el Código Procesal Civil de Mendoza para que los fiscales civiles investiguen y puedan solicitar el secuestro del capital proveniente de una modalidad delictiva, de esta manera se extingue el dominio. Entre las maniobras figuran encubrimiento, asociación ilícita, la comercialización de pornografía infantil o fondos obtenidos a partir de coimas, entre otros.

El Gobierno de Alfredo Cornejo aspira a contar con una herramienta para recuperar bienes mal habidos en maniobras vinculadas a la corrupción en la administración pública u obtenidos por la comercialización de pornografía infantil, por ejemplo, y utilizar esos recursos económicos para la reparación de escuelas.

Se trata de la Extinción de Dominio, que fue impulsada a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri.

Para su aplicación en la provincia, el Ejecutivo envió un proyecto de Ley a la Legislatura, en donde busca ampliar la competencia de los fiscales civiles para investigar la procedencia de bienes vinculados a hechos de defraudación a la administración pública y malversación de fondos públicos, entre otros ejemplos.

El proyecto que ya está siendo analizado por la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado, donde la semana entrante el subsecretario de Justicia y Relaciones Institucionales, Marcelo D’Agostino brindará más detalles y despejará dudas de los legisladores.

En diálogo con El Sol, D’ Agostino hizo una síntesis de los cuatro puntos centrales de la propuesta para que la Justicia mendocina pueda requerir «el secuestro de estos bienes y ser empleados para la reparación de toda la sociedad». 

1. Uno de los aspectos centrales que observó es que para que Mendoza pueda aplicar en la provincia los términos del DNU del presidente Macri, se deben hacer cambios en el Código Procesal Civil y en la Ley del Ministerio Público Fiscal.

De esta manera, se habilitará a los magistrados del ámbito civil a investigar en los casos en que se pueda aplicar la extinción de dominio.

Los fiscales civiles podrán investigar si hay inconsistencias en los bienes de Salgado y pedir su decomiso, por ejemplo.

2. El Ministerio Público Fiscal tendrá 30 días, desde la aprobación de la Ley, para entregar un relevamiento de todas las causas que estén relacionadas a la extinción de dominio.

3. La Justicia Civil deberá investigar de dónde viene el capital y no hace falta que se haya dictado sentencia por la responsabilidad penal.

«Lo importante es que no hay que esperar a una condena para decomisar ese bien, si en el proceso civil un juez determina que no hay elementos para probar el origen legal de un patrimonio, será recuperado por el Estado provincial, en este caso para la reparación de escuelas», aclaró el funcionario.

4. Por último, no sólo se podrán restituir bienes de delitos contra la administración pública, sino los adquiridos también por la comercialización de pornografía infantil o del narcotráfico, que es de competencia federal.

«No queremos poner nombres propios en la ley»

El subsecretario de Justicia se refirió a los casos en los que se podría aplicar la extinción de dominio y que son de trascendencia pública, como lo son las investigaciones abiertas contra la organización kirchnerista Tupac Amaru o la situación del ex intendente de Santa Rosa Sergio Salgado, quien fue condenado a cinco años de prisión por varias irregularidades cometidas durante su gestión al frente de la Municipalidad de Santa Rosa.

Ver también: En fotos: la Justicia inspeccionó las viviendas de la Tupac Amaru en Lavalle

Pero también, observó que hay otras investigaciones penales en curso, que direccionan a la extinción de dominio como es el caso de los bienes de Luis Lobos, ex intendente de Guaymallén.

Lobos quedó a un paso de afrontar un juicio por fraude a la administración pública por haber percibido sumas de dinero del sueldo de una mujer que figuraba como empleada del municipio, pero que no trabajaba ahí.

Se calcula que el perjuicio fue de unos $442.729,20 que se fueron debitando desde el 2011 a 2015.

«Si bien estas investigaciones han trascendido mediáticamente, no queremos que tenga nombres propios esta norma, estamos legislando en general y creo que cualquier legislador no puede oponerse a una reparación que es lo que reclama la sociedad», remató D’ Agostino

Fuente:https://www.elsol.com.ar/las-cuatro-claves-del-proyecto-de-cornejo-para-recuperar-bienes-de-la-corrupcion

 

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