San Rafael, Mendoza 24 de noviembre de 2024

Lo que se debe saber del mercado de cambios

El lunes 8 de agosto de 2016 resultó una fecha que será histórica para nuestro país. Ese día, el directorio del Banco Central, presidido por Federico Sturzenegger, emitió la Comunicación “A” 6037, mediante la que se eliminaron, definitivamente, las normas que continuaban rigiendo desde la implantación del “cepo cambiario” por parte del anterior gobierno y, al mismo tiempo, se sancionó un nuevo ordenamiento “con el objetivo de simplificar el mercado de cambios, eliminar requisitos burocráticos y reducir los costos operativos para todos los actores”.

Y cuatro meses después, el 29 de diciembre de 2016, el ente monetario nos volvió sorprender cuando dictó la Comunicación “A” 6131, que denominó “Gestión de riesgos asociados a la liquidación de operaciones de cambio”, informando las normas que regirían a partir del 1º de julio de 2017 y que, en realidad, cumplió la función de un claro y útil manual operativo.

Asimismo, el 5 de enero de este año el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, firmó un decreto por el que se eliminó la última restricción que regía en la Argentina para el ingreso de capitales y, por su parte, el directorio del BCRA aprobó una nueva normativa cambiaria por la que se eliminó la exigencia de ingresar las divisas que correspondieran al pago por exportaciones de servicios. Y finalmente, completando su decisión de liberar totalmente el mercado de cambios en la Argentina, el BCRA dictó el 27 de abril de este año una resolución por la que se dispuso que las entidades bancarias podrán destinar parte de sus depósitos en dólares a financiar también a los importadores del exterior que compren productos o servicios argentinos.

Pero también sorprendió la decisión oficial de eliminar los topes para las transferencias bancarias, en pesos o en dólares, previa información al banco interviniente, apuntando esa medida especialmente a las operaciones inmobiliarias, de compraventa de automotores o “cualquier otro pago electrónico de montos elevados, eliminando la necesidad de utilizar efectivo así como también los gastos y riesgos vinculados a la seguridad”.

En efecto, aquel día el directorio del BCRA emitió la Comunicación “A” 6244, con una extensión de cuarenta y dos páginas. El documento, en su presentación formal, dispuso que a partir del 1º de julio de 2017 “quedan sin efecto todas las normas que reglamentaban la operatoria cambiaria, la posición general de cambios, las disposiciones adoptadas por el Decreto Nº 616/5, el ingreso de divisas de operaciones de exportaciones de bienes y los seguimientos asociados a dicho ingreso, manteniendo su vigencia las normas vinculadas con regímenes informativos, relevamientos o seguimientos relacionados con dichos tópicos”.

Quedó claro, entonces, que desde aquella fecha se pudieron realizar en el MULC todo tipo de operaciones cambiarias sin tener la obligación de presentar determinada documentación que las respaldara, aunque las empresas o individuos involucrados debían cumplimentar algunas normas especiales y una declaración jurada sobre el origen y destino de los fondos respectivos, y las entidades bancarias informar al BCRA, únicamente con fines estadísticos, los conceptos y montos de las operaciones de cambio realizadas.

Y tras la amplia información que se acaba de resumir es indudable que los argentinos debemos darnos cuenta y convencernos de que el único camino, tras lograr la confianza necesaria, será mejorar nuestras vidas y crecer juntos modificando nuestra forma de ser desde el punto de vista cultural. Es que lo que habíamos experimentado durante muchos años, en todas sus formas, nos demostró claramente los errores cometidos, principalmente el haber adoptado políticas económicas desprovistas de alma, dejando totalmente de lado la filosofía moral. Ahora debemos valorar nuestra moneda, que es el peso, y reconocerlo como tal y de una vez por todas abandonar para siempre nuestra tendencia a preocuparnos más por el dólar estadounidense.

Y en ese contexto, tanto exportadores como importadores deber ser conscientes de que finalmente los productos que venden o compran en el exterior tienen un precio que es el tipo de cambio, que obtienen en el momento de vender la moneda extranjera que reciben en pago de sus exportaciones, como lo que deben pagar en pesos para la compra de las divisas extranjeras que deben girar al vendedor de sus compras en el exterior. También deben tener en cuenta que los tipos de cambio son precios que juegan en el resultado económico de su actividad comercial y juegan en su productividad final.

Por esas y otras razones lógicas, se deberá tener bien claro que los tipos de cambio no deben dejarse, en ninguna instancia, librados al azar y por eso su gestión ante las entidades bancarias se deberá llevar a cabo mediante profesionales especializados de la propia empresa o contratar a tales efectos corredores de cambio (foreign exchange brokers) especializados en la materia y poder así cerrar los tipos de cambio en los mejores momentos para optimizar la productividad de la empresa.

Fuente:https://www.clarin.com/economia/debe-saber-mercado-cambios_0_AzsxioXef.html

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