San Rafael, Mendoza viernes 22 de noviembre de 2024

Irrigación crea la categoría uso recreativo urbano para desalentar el uso de agua potable

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para el presupuesto 2019 que estos inmuebles van a tener una tributación particular distinta al resto del uso recreativo, donde las propiedades hasta 500 m2 inclusive van a pagar el 50% de lo que sale la hectárea para el uso recreativo y las que tienen entre 501 m2 hasta 750 m2 van a pagar el 75% del valor. Recientemente, el Honorable Tribunal Administrativo emitió la resolución Nº 620/18, del 28 de noviembre, que tiene como principal objetivo desalentar el uso de agua potable como agua de riego y evitar que usuarios de Irrigación empadronados bajo la categoría «Uso recreativo» renuncien al derecho de riego, por considerarlo costoso. Esta no es una norma aislada sino que viene en contexto del Plan de Ordenamiento Registral y Catastral que viene llevando adelante el Superintendente Marinelli, desde que inició su gestión. Esta nueva norma aprueba la creación de una nueva categoría dentro del uso recreativo denominada «uso recreativo urbano».

En el año 2014, la resolución 636, que estableció el presupuesto de Irrigación para el año 2015, estableció para el uso recreativo un régimen especial de tarifación que establecía que todos los inmuebles cuya superficie tuviera hasta 5 mil metros debían pagar como recreativo, cuatro veces en relación al uso agrícola superficial, y tres veces el uso agrícola subterráneo.

Esta norma tuvo como externalidad negativa que, al aumentar por 4 la cantidad de dinero que tenían que pagar anualmente los inscriptos como uso recreativo, se empezaran a presentar renuncias al derecho de riego, porque la gente advirtió la suba importante en el costo. Y como consecuencia a esa renuncia comenzaron a regar con agua potable, algo que en una Provincia en la que se ha decretado que la escasez es la nueva normalidad, es hasta imperdonable.

«Básicamente, entre otras cuestiones que se proponen en la resolución, se aprueba una nueva categoría dentro del uso recreativo que es la de ´uso recreativo urbano´, que es el que se va a aplicar a todas las propiedades urbanas, es decir aquellas que según el Plan de Ordenamiento Municipal de cada municipio la determinan como urbana, y cuya superficie llegue hasta 750 m2 van a ser recategorizadas de oficio, bajo esta nueva categoría», aseguró la Secretaria de Gestión Institucional, Marcela Andino.

«Y se dispone para el presupuesto 2019 que estos inmuebles van a tener una tributación particular distinta al resto del uso recreativo, donde las propiedades hasta 500 m2 inclusive van a pagar el 50% de lo que sale la hectárea para el uso recreativo y las que tienen entre 501 m2 hasta 750 m2 van a pagar el 75% del valor. Hay que aclarar que los reembolsos de obra se siguen determinando de la misma manera que en el régimen anterior, es decir para todos los recreativos que es la hectárea fracción por entero», soistuvo Andino.

Otra particularidad  de esta resolución es que le da un tratamiento especial a los inmuebles que se originen en fraccionamientos que llevó adelante o que se financiaron con fondos del IPV, y que tengan hasta una superficie de 300 m2, crea también un Plan Especial para el recupero de las deudas que tiene la gente que dispone de uso recreativo, que estará vigente durante todo el 2019, en el que se paralizarán los apremios durante el transcurso de ese año, se le van a suspender nuevas acciones de apremio y va a haber una quita del 100% de los intereses moratorios y hasta 60 cuotas para abonarlo, siempre y cuando mantengan al día el vigente durante el año 2019.

Es importante mencionar que esta resolución, la 620, contempla también la creación de la categoría de «uso desaguante urbano», donde se van a registrar todas las propiedades que se encuentren donde las zonas que la freática obliga al mantenimiento de drenes y sistemas de desagües.

«Puede ocurrir que una propiedad que hubiera renunciado al derecho de riego lo mismo sea inscripta y tenga que estar empadronada como de ´Desaguante´, porque este también es un servicio de desagüe de las propiedades que requieren una infraestructura y un mantenimiento por parte de Irrigación, por lo tanto se creó esta categoría y allí se van a inscribir las propiedades que se vean beneficiadas con esta actividad de la administración», agregó la funcionaria.

También prevé la norma que se va a proceder a un estudio de todas las urbanizaciones actuales, que tiene derecho de riego, para ver en aquellas que sean factibles, la entrega de agua en bloque en un único punto y que dentro de la urbanización la distribución del recurso sea hecho por lo propietarios.

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