San Rafael, Mendoza miércoles 24 de abril de 2024

Avanzan en una ley de contrato para comercialización de productos frutihortícolas

El subsecretario de Agricultura y Ganadería de la provincia, Alejandro Zlotolow y el jefe de Gabinete del Ministerio, Alfredo Aciar, participaron hoy de una reunión convocada por diputados de la Comisión de Economía para avanzar con el proyecto de ley que pretende crear un registro obligatorio de contratos de compra y venta de productos agrícolas.

Si bien la iniciativa legislativa, se centraba sólo la comercialización vitivinícola, los funcionarios del Ejecutivo pidieron ampliarlo a otros productos frutihortícolas destinados a la industria.

Desde el Gobierno provincial consideran esta ley como una “reparación histórica” debido a que actualmente los registros que se tienen funcionan a modo de sistema estadístico pero no representan una garantía para el productor en cuanto al acuerdo de precios y formas de pago a la hora de entregar la mercadería.

El borrador que Zlotolow y Aciar acercaron a los legisladores contempla la creación del Registro de Contratos de Productos Agrícolas en el ámbito de la Dirección de Fiscalización y Control del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía. Allí  quedarán asentados los contratos por transacción de productos agrícolas que tengan como uso o destino final su entrega en establecimientos agroindustriales, dentro de la provincia.

También establece un tiempo perentorio de 15 días para que las partes inscriban el acuerdo en el nuevo organismo.

El proyecto de ley prevé que quienes incumplan con las obligaciones serán sancionados con multas. Así mismo el nuevo organismo tendrá a su cargo un registro de infractores y podrá expedir certificados de antecedentes para quienes lo soliciten.

Los legisladores anticiparon que la semana próxima comenzarán con una ronda de consultas con los sectores involucrados (productores primarios e industriales) para avanzar en un consenso y darle pronto despacho.

El espíritu de la ley es generar un marco legal para que compraventa de la producción primaria no varíe según los cambios en las expectativas de mercado en detrimento del productor y los convenios se realicen a la luz de la formalidad.

 

 

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