San Rafael, Mendoza martes 23 de abril de 2024

Sindicalistas y jueces de Mendoza deben decir qué poseen

Sindicalistas y jueces de Mendoza deben decir qué poseen

Sólo falta la firma del gobernador Cornejo para que la oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública empiece a funcionar.  Gabriel Balsells Miró fue votado ayer por el Senado.

Sólo resta que el gobernador Alfredo Cornejo firme un decreto para que comience a funcionar el organismo que controlará a toda la clase política, pero además pondrá la lupa sobre los jueces, sindicalistas y contratistas del Estado. 

Ayer, la Cámara de Senadores ratificó a Gabriel Balsells Miró como el flamante auditor de la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública, cargo que estará operativo después de la designación del Ejecutivo y en el que estará hasta 2023.

La auditoría funcionará en el anexo del Senado, ubicado en el ex Banco Mendoza(entrada por calle Gutiérrez) y la oficina se dividirá en dos áreas: una va a ser de registro de Declaraciones Juradas y sanciones y otra se abocará a las Investigaciones Administrativas. Junto con Balsells Miró habrá otros cinco empleados que podrían ser trasladados desde Fiscalía de Estado.

Jueces y sindicalistas, en la mira

 El nombramiento del auditor significó la puesta en funcionamiento de la ley 8.993 de Ética Pública, una norma que ordena y amplía una práctica que ya tienen los políticos: presentar sus declaraciones juradas al llegar e irse de su función y al variar su patrimonio. Así, se pretende controlar la evolución en el patrimonio.

En el caso de la Justicia, la práctica de mostrar los bienes de los miembros de la Suprema Corte de Justicia, de los magistrados en general y de los funcionarios judiciales está regulada por una acordada desde hace dos años. Los implicados deben hacer dos declaraciones juradas: una secreta con domicilios y otra pública, disponible en la página web. 

La declaración es anual, el archivo está de puño y letra y en PDF, para no ser alterado. Ahora bien, la ley que entrará en funcionamiento es más amplia en cuanto a lo que se debe declarar. Obliga a mostrar no sólo casas y autos sino otros bienes que también miden la riqueza. Entre ellos bienes muebles no registrables, joyas y obras de arte de un valor considerable, tenencia en moneda extranjera, entre otros.

La misma medida regirá para las organizaciones sindicales con o sin personería gremial que representen a los estatales. En este concepto entra “todo miembro de organizaciones sindicales que perciban el pago de su licencia gremial por parte del Estado”.

 Entre los sujetos comprendidos también aparecen los proveedores y contratistas del Estado que manejen montos elevados (60 veces más de lo fijado en contratación directa en el Presupuesto). Para este año, sería a aquellos cuyas contrataciones superen los $ 8.340 millones. “Su incumplimiento autorizará a solicitar a la autoridad de aplicación la suspensión en el Registro de Proveedores del Estado”, prevé la ley.

A la lista se agregan los tres poderes del Estado, los organismos descentralizados y autárquicos, los municipios y todos aquellos vinculados a las cuentas del Estado.

Sanciones

En caso de que un funcionario prefiera no mostrar sus bienes, tal como ha pasado, hay multas que, dependiendo de la gravedad, irán del 10% al 25% del sueldo bruto mensual del Gobernador. Pero el apercibimiento no termina acá, ya que la sanción económica puede ser interpretada como la forma de escapar a la obligación de realizar la declaración jurada. El incumplimiento es calificado como mal desempeño de funcionario público, lo que lo expone a sumarios administrativos.

 Además de las declaraciones juradas, la oficina funcionará en vinculación con la AFIP para corroborar que coincidan los datos.

Incompatibilidades

Según contó Balsells Miró, van a crear un registro para establecer un “régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses” en el desempeño de la función pública. Entre otros requisitos, está prohibida la vinculación alguna con algún proveedor del Estado, o ser pariente “dentro del segundo grado de consanguinidad, o tercero de afinidad” en la misma repartición, salvo que la persona rinda concurso y acredite estar preparado para el cargo.

También se prohíben los regalos, obsequios o donaciones que tengan como motivo el desempeño de sus funciones. La excepción son los reconocimientos protocolares y los que provengan de gobiernos u organismos, además de aquellos que se dan en función de las relaciones personales, como los cumpleaños.

Aquellos funcionarios cuyo cargo no surja del voto de la ciudadanía, deberán presentar sus antecedentes laborales y profesionales de los últimos dos años, “al solo efecto de facilitar un mejor control respecto de los posibles conflictos de intereses que puedan plantearse”, considera la norma que, a 8 meses de haber sido sancionada, está cerca de quedar operativa.

Fuente:http://losandes.com.ar/article/view?slug=sindicalistas-y-jueces-de-mendoza-deben-decir-que-poseen

 

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