Comienza a tener vigencia desde 2018; hay diferentes interpretaciones sobre cuándo se concretará el primer intercambio de datos, que incluye a las cuentas de los argentinos en Suiza
Es que en 2018 empezará a tener vigencia el tratado de intercambio de información tributaria en forma automática entre la Argentina y Suiza.
Fuentes diplomáticas suizas indicaron que “se han terminado todos los trámites para que el acuerdo comience a aplicarse en 2018”.
Fuentes de la AFIP precisaron que comienza a regir el año entrante, pero el primer intercambio automático se concretará en 2019, aunque incluyendo períodos fiscales previos.
El tributarista César Litvin dijo que “el primer intercambio será en septiembre próximo, respecto de los ejercicios del 2016 en adelante y, para las cuentas nuevas, desde 2017”.
El acuerdo fue negociado entre el gobierno suizo y el jefe de la AFIP, Alberto Abad, quien viajó a Berna para terminarlo.
Una vez que se concretó el ingreso de Suiza al acuerdo multilateral de intercambio de información de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE), empezaron a cerrarse los acuerdos bilaterales.
Mariano Sardans de FDI dijo que “Suiza acaba de publicar el listado de países con los cuales intercambia información financiera en forma automática; la Argentina está en ese listado, con efectos a partir del 1ro de enero del 2018”.
“Se calcula que entre el 20 al 25 por ciento de los argentinos que tienen activos en el extranjero no entraron en el blanqueo. Un gran porcentaje de ellos es porque se jugaron por la prescripción impositiva, ya sea recomendado por sus tributaristas o porque se auto-recetaron”, explicó.
“Dado que al cierre de este año prescribe el 2010, los impuestos adeudados -más las multas, punitorios y demás ítem- son los correspondientes a los años siguientes”, agregó.
Por esta razón, indicó, “la conveniencia de haber entrado al blanqueo versus la prescripción impositiva depende fundamentalmente de los movimientos que tuvo la cuenta -dinero ingresado y salidas- desde el 2011 para adelante”.
“No está demás aclarar de que aún está vigente la Ley Penal Cambiaria con lo cual podría haber demandas también en este fuero dependiendo de los destinos y orígenes del dinero que tocó la cuenta (interacciones con casas de cambio por ejemplo, que luego se comprueben o tengan ya procesos abiertos de haber operado en efectivo con clientes; hay varias dando datos de sus clientes pasados)”, afirmó.
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