El Gobierno está desatando el corsé permitiendo que algunas variables de la economía vayan reconociendo la inflación. Sin embargo, otros ajustes no se hacen y provocan distorsiones.
La ley 25.561 de emergencia pública, que fuera sancionada en enero del año 2002, luego de reiteradas prórrogas tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019. En uno de sus artículos expresa lo siguiente: «Mantiénense derogadas, con efecto a partir del 1° de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios.
Esta derogación se aplicará aun a los efectos de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, no pudiendo aplicarse ni esgrimirse ninguna cláusula legal, reglamentaria, contractual o convencional —inclusive convenios colectivos de trabajo— de fecha anterior, como causa de ajuste en las sumas de pesos que corresponda pagar.» Sin embargo, de a poco, el gobierno está desatando el corsé permitiendo que algunas variables de la economía vayan reconociendo la inflación. Sin embargo, otros ajustes no se hacen distorsionándose de esa forma la economía, ya que a algunos les llega el sinceramiento de la inflación y a otros no. Por un lado, recientemente se aprobaron los créditos hipotecarios con cláusula UVAs, atados a la inflación, además existen diferentes proyectos que pretenden introducir a la inflación del INDEC para ajustar diferentes variables de la economía, como ser alquileres y jubilaciones, desatándose la faja de la inflación que se mantuvo por 15 años. Sin embargo, otras cosas no permiten que se ajusten de manera directa, sino que la actualización quedará sujeta a que la variación que se produzca en los índices mayoristas, durante un período de tres años, supere el 100%.
Recorriendo cada una de las variables, se puede notar el dispar reconocimiento que se tiene de la inflación:
1-El proyecto de revalúo impositivo, que el Poder Ejecutivo envió al Congreso, propone ajustar por inflación sólo algunos rubros de los activos de las empresas, para que en el momento de la venta el precio se comprare con el costo ajustado. Pero para poder acceder a ese derecho, previamente deberá pagarse un impuesto, que va del 5 al 15% dependiendo del bien de que se trate. Incluso este nuevo tributo, luego del pacto fiscal firmado con los gobernadores, ahora de aprobarse será coparticipado con las provincias. Para que vuelva el ajuste impositivo por inflación, que está previsto en la propia ley del Impuesto a las Ganancias, la variación trienal a futuro deberá superar el 100%. Lo mismo sucede con los balances, ya que para que se reconozca la moneda constante tendrá que superarse en el mismo lapso ese coeficiente. Mientras tanto, seguirán emitiéndose en moneda corriente (histórica).
2-El proyecto de ley de alquileres, que tiene media sanción del Congreso, sugiere que los valores se ajusten anualmente según la inflación que difunde el INDEC.
3-La movilidad jubilatoria, si llega a prosperar el proyecto del gobierno que también figura dentro del pacto fiscal firmado con los gobernadores, propondría modificar el método actual de ajuste por otro que se base a un porcentaje mejorado de la inflación.
4-Los créditos UVAs, que están vigente actualmente, funcionan de la siguiente manera: El valor inicial de una UVA, al 31 de marzo de 2016, se fijó de manera tal que fuera equivalente a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado testigo, basado en las cifras conocidas para inmuebles de diverso tipo en las ciudades de Buenos Aires, Córdoba, Rosario, Salta y zona del Litoral (Santa Fe de la Vera Cruz-Paraná), ponderados por población. Como este metro cuadrado testigo se ubicaba en $14.053, el valor inicial de la UVI fue de 14,053 pesos (14 pesos con 53 milésimos). El valor de la UVA se actualiza diariamente por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), basado en el índice de precios al consumidor.
5-El proyecto de reforma tributaria que ingresó en la Cámara de Diputados, propone crear la Unidad de Valor Tributaria, definida como una unidad de medida homogénea para determinar los importes fijos, impuestos mínimos, escalas, sanciones y todo otro parámetro monetario previsto en las leyes tributarias. Para ello, de aprobarse la ley, antes del 15 de septiembre del 2018 el Poder Ejecutivo Nacional deberá enviar un proyecto de ley estableciendo el valor UVT correspondiente a cada uno de los parámetros impositivos, además tendrá que determinarse la relación del valor de conversión inicial entre el UVT y pesos.
En conclusión se podría decir que es bueno que se vaya reconociendo, luego de 15 años, la inflación en cada variable de la economía. Lo más justo sería que los indicadores tenidos en cuenta sean los mismos en cada uno de los casos, para que luego no haya ganadores y perdedores.
Fuente:https://www.cronista.com/columnistas/Blanqueo-de-la-inflacion-gradualismo-con-distintas-formulas-de-indexacion-20171117-0097.html
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