Desde 2015, estas aeronaves deben anotarse en el registro de la Aviación Civil. Sin embargo, hoy la entidad solo contabiliza 6 drones en Mendoza, pese a que se venden cada vez más.
Ya dejaron de ser “objetos voladores no identificados” y es común verlos circular sobre nuestras cabezas cuando vamos a algún evento popular. Con su característico ruido, provocado por sus pequeñas hélices, los drones ya se han vuelto de uso doméstico.
Y es que como decían los viejos anuncios, “hasta un niño puede manejarlo”, además de que se han vuelto muy accesibles. Por ejemplo, los minidrones tienen un valor que parte de 700 pesos y se compran en cualquier hipermercado. Aunque pueden llegar a costar 600 mil pesos (o más) cuando se trata de naves para uso profesional y que generalmente pueden comprarse en tiendas especializadas o a pedido, por Internet. En el medio hay una gran variedad de tamaños, colores y prestaciones que se adaptan al gusto y bolsillo del comprador.
Sin embargo, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) reconoce que el control de su uso, enmarcado en la resolución 527 del 2015, se hace bastante complicado. Recordemos que la entidad reguladora del espacio aéreo argentino pide desde 2015 la certificación de estos aviones no tripulados, de sus operadores y un seguro que varía según el uso que se le quiera dar, pero la aplicación de estos requisitos es “deficitaria”.
Según informaron, menos del 5% de quienes inician el trámite para registrar un dron completan el trámite para obtener la certificación. Además, al momento de su publicación, la normativa fue criticada porque excluía en el texto el uso de los drones para fines recreativos: aquellos de menos de un kilo y medio de peso y que son -no casualmente- los más difundidos.
Según datos de la ANAC, de los 385 drones registrados en el país, solo 6 son de nuestra provincia.
Sin registro
Víctor Videla, de DroneView Mendoza, dijo que muchos fotógrafos de casamientos o cumpleaños de 15 están apelando a este recurso para captar imágenes, pero que no necesariamente son buenos “pilotos” y que por ello los resultados son relativos al intentar capturar una buena imagen.
“Una cosa es que seas fotógrafo y otra que seas buen piloto. Yo trabajo con una persona que es fotógrafa y estudia cine y yo me entrené con simuladores durante muchas horas. Entre los dos nos complementamos”, aseguró.
De todas formas, admitió que no hay una regulación por parte del Estado y que de todas maneras es muy difícil de implementar. “El registro se hace en Buenos Aires, tenés que rendir allá frente a cuatro técnicos que te evalúan. Es bastante engorroso”, dijo Videla, agregando que de todas formas, aunque está la ley no se está implementando.
Matías Gagliano, de Vaerom, una startup mendocina dedicada al diseño y fabricación de drones (actualmente incubada en la UNCuyo), señaló que la ley tiene tres puntos fuertes destinados a la seguridad y a prevenir el tráfico de drogas por esta vía.
En primer lugar, explicó, el piloto debe estar certificado. “Segundo, el dron debe estar registrado y también debe contar con un seguro de responsabilidad civil. La ley dice que todo esto es obligatorio cuando se hace uso del aparato para fines comerciales y si pesa 10 kilos, por eso estarían fuera los aparatos de uso doméstico”, aseguró Gagliano, agregando que de todas formas él no conoce a nadie que esté registrado en Mendoza.
Uso indebido
Videla dijo que aun no es masivo el uso de drones “de juguete” (es decir los que no sirven para uso profesional) pero que es lo que viene. “No es común verlos en el Parque. De todas maneras, hay que tener en cuenta que los profesionales se conectan con GPS y tienen estabilizadores que si corre viento se quedan en su lugar. Por el contrario, uno de juguete se vuela y puede llegar a caer en picada sobre la gente “y las aspas de las hélices, si te agarran, te pueden lastimar”, remarcó.
Gagliano, en tanto, aseguró que es peligroso el uso del dron si las aspas son de fibra de carbono aunque no tanto si se trata de material plástico. “Nosotros damos un curso (ver aparte) donde damos una guía de buenas prácticas. Sobre todo destacamos que muchas veces estamos volando sobre gente y que el viento se debe tener en cuenta”, explicó el especialista de Vaerom.
Agregó que un dron debe tener muchas medidas de seguridad, como sensores duplicados para seguir volando en caso de que alguno falle; la opción “retorno a casa”, en caso de perder conexión con el control remoto; o la posibilidad de aterrizar despacio.
Usos múltiples
El ingeniero agrónomo del INTA Juan Pablo Vélez explicó que en la actualidad un dron de uso rural “identifica animales, los cuenta y envía la información; o dice cómo está un cultivo para actuar a tiempo y revertir una situación problemática”.
Desde estas aeronaves se puede medir “el índice de vegetación diferencial normalizado” con un sistema que puede leer las longitudes de onda del terreno y conocer “el contenido de clorofila y su relación con el nitrógeno disponible para el cultivo”, entre otros usos.
Los drones también se emplean para tareas de seguridad, tanto por personal de las fuerzas estatales o por empresas privadas. Por ejemplo, la Policía Federal cuenta con un dron DJI modelo S1000 que usa para filmaciones y seguimientos en investigaciones judiciales.
Otras posibles áreas de aplicación incluyen el relevamiento de infraestructura vital, desde puentes hasta centrales eléctricas, que necesitan de drones especiales y personal calificado para su vuelo.
¿Invasión de la privacidad?
Hace dos años, cerca de la fecha de la resolución que regula el uso del espacio aéreo por parte de los drones, salió la también disposición 20/2015 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP).
En ella se aprueba cuáles son las condiciones para obtener de manera lícita datos (fotos y videos, principalmente) a través de drones, ya que estos dispositivos “realizan una peculiar recolección de datos fotográficos, fílmicos y sonoros de personas -en visión aérea y en algunos casos normalmente no detectables- que podrían implicar un importante riesgo para los derechos a la privacidad y a la autodeterminación informativa”, dice la disposición.
“Esta norma trata al dron como si fuera una cámara más. En particular hace foco en el dispositivo utilizado como recolector de rostros y en ese sentido establece que se necesita una autorización de la persona captada para que su imagen sea publicada, por ejemplo, en un diario”, explicó Nicolás Alías, miembro de Vaerom y especializado en la temática. “Si hay consentimiento, también debe explicarse cómo será aplicado”, agregó.
Por otra parte, explicó que no se requiere consentimiento cuando el dron se utiliza para obtener datos científicos, cuando los datos se recolectan con motivo de la realización de un acto público o con motivo de un evento privado (por ejemplo casamientos y fiestas). Tampoco cuando la recolección de los datos la realice el Estado en el ejercicio de sus funciones, cuando se recolecten con motivo de la atención a personas en situaciones de emergencia o siniestros, o cuando se reúnan dentro de un predio de uso propio.
“Si alguien detecta que ha sido registrado sin autorización, debe denunciarlo. Pero yo no tengo conocimiento de que alguien lo haya hecho. Hay mucha burocracia al respecto. De todas maneras, quizás nadie lo ha hecho porque nadie sabe que se puede hacer”, admitió Alías.
Es importante aclarar que tomar imágenes sin consentimiento es un delito que se denuncia en el Juzgado de Faltas, ubicado en el subsuelo del Palacio de Justicia de Mendoza.
Curso de vuelo
Vaerom dictará un curso de vuelo de drones. Será en 4 encuentros, 2 clases teóricas (jueves 6 y viernes 7 de julio) y 2 prácticas (sábados 8 y 15 de julio).
Más info: cursos@vaerom.com
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