La Cámara de Senadores dio sanción este martes a la ley de ordenamiento territorial enviada por el gobernador Alfredo Cornejo. La norma dará cumplimiento a la ley 8.081 sancionada en el 2009. Entre los principales puntos del texto se destacan el freno a los desarrollos inmobiliarios públicos y privados y la articulación de las políticas con los Municipios.
Según establece la ley, el plan de ordenamiento territorial tendrá una vigencia de treinta años desde la fecha de su aprobación. Se distinguen tres instancias para poner en marcha sus acciones: el corto plazo, a un horizonte de 6 años; el mediano plazo, a 18 años, y el largo plazo, a 30 años.
«El plan exige a los funcionarios públicos que articulen las políticas a largo plazo. Por fin tenemos una ley que va a trascender a varios gobiernos», señaló el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance.
Tras la aprobación en la Cámara Alta, el funcionario detalló que es la primera ley a nivel nacional y que, ante esto, la provincia se convirtió «en uan referencia para el resto del país».
La aplicación de las acciones contenidas en la ley y su impacto en el territorio se evaluarán a través de un procedimiento que incluye: actualizaciones del Diagnóstico, Auditorías Internas (AI), Auditorías Externas de Impacto Territorial (AEIT) y Evaluaciones de Impacto Territorial (EIT).
Principales puntos
El texto establece una política de ordenamiento territorial basada en el respeto por las vocaciones del territorio provincial, las identidades culturales y los saberes locales. Para ello se establece como prioridad equilibrar el territorio provincial a través del fortalecimiento de las ciudades y localidades menores, como también acciones concretas para dinamizar las áreas más deprimidas.
Incorporación del concepto de hábitat
La ley plantea como objetivo el desarrollo sustentable del territorio, buscando armonizar la realización de las diferentes actividades humanas con el cuidado del ambiente y establecer metas para el acceso a un hábitat adecuado por parte de toda la población.
Según se detalla en la ley, se pone foco en la necesidad de una planificación integrada del hábitat, la mitigación de riesgos ante amenazas naturales y antrópicas, la conectividad y accesibilidad para la integración de la Provincia propiciando la movilidad sustentable, el desarrollo económico y energético según la vocación del territorio y la gestión integrada de los recursos hídricos.
Límite a los desarrollos inmobiliarios públicos y privados
Según explicó Mingorance, no sólo se puso «en acento» la proliferación de barrio privados sin control del Ejecutivo sino también a los desarrollos inmobiliarios del Estado como algunos barrios del IPV o el Procrear.
«Tendremos una primera reunión con el Instituto Provincial de la Vivienda porque se han construido barrios en lugares que no son adecuados», adelantó el funcionario.
La ley establece ciertos criterios a la hora de construir un nuevo barrio: espacios verdes, educación, transporte público y servicios en general.
Con respecto a los barrios que ya están construidos y no cumplen con la reglamentación, serán «emplazados» por el Estado,
«Pueden haber algunos casos que por riesgos sísmicos o aluvionales se los emplaazará a trasladarse, a otros emprendimientos se les exigirá obras complementarias y, por último, algunos que no tienen riesgos y sólo les pedirá que regularicen los papeles», detalló Mingorance.
Los Municipios deberán crear su plan de ordenamiento
Otro de los puntos de la norma establece la articulación de las políticas del área metropolitana con todos los Municipios del Gran Mendoza.
El texto contiene un conjunto de directrices y lineamientos, acciones, programas, criterios técnicos-científicos, ejes de articulación provincia-municipio e intermunicipales, instrumentos de planificación, gestión, ejecución, control y coordinación que permiten orientar y administrar el desarrollo del territorio.
«El plan establece instrumentos para gestionar el territorio y los Municipios deberán tener sus propios planes complementarios», aclaró Mingorance.
Fuente:https://www.elsol.com.ar/nota/308569/provincia/estos-son-los-principales-puntos-de-la-ley-de-ordenamiento-territorial.html
Foto Ilustrativa
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