El 1° de mayo, los empleados de comercio tenemos feriado, como cualquier otro trabajador argentino.
Hay cuatro días de los 365 que tiene el año, que son de descanso inamovible. Esos días, 1 de enero, 1 de mayo, 26 de septiembre (día del empleado de comercio), y 25 de diciembre, los comerciantes no deben ocupar a sus empleados.
La razón es sencilla, son fechas que tienen una carga simbólica sustancial para quienes trabajamos, y no hay franco compensatorio que supla esos feriados.
Por eso, el próximo lunes los comercios que abran pueden hacerlo con sus dueños al frente, pero con sus empleados descansando. Quienes trabajamos en comercio no sabemos de domingos y feriados y solo tenemos estos cuatro días de descanso inamovible, por eso es que pedimos consideración a la ciudadanía y respeto a nuestros empleadores. El 1° de mayo es nuestro día y descansar, es nuestro derecho.
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