Para recibir los productos en el hogar se deberán cumplir los límites de peso y valor establecidos por el Gobierno nacional. La carga impositiva será del 50% con una franquicia de apenas U$S 25, repitiendo las condiciones del sistema anterior.
El próximo viernes entrará en vigencia el nuevo régimen para compras por Internet que permitirá el servicio de entrega “puerta a puerta” y simplificará los trámites para realizar importaciones particulares.
La nueva normativa, reglamentada y oficializada hace un mes por la Resolución General 3.915, no presentará ventajas impositivas respecto al régimen anterior, pero ampliará los límites para comprar y facilitará el ingreso de mercadería.
Las nuevas condiciones
Lejos de lo que se pensó en algún momento, la reglamentación que entra en vigencia el viernes no significa una liberación total de las importaciones. Por el contrario, mantiene reglas que limitan las posibilidades de los usuarios.
El mayor limitante es la cantidad y el valor de las compras permitidas. La resolución determinó que se pueden hacer hasta cinco importaciones anuales por persona mediante el sistema “puerta a puerta”, siempre y cuando se cumpla con algunas condiciones.
Si se utiliza el servicio de Correo Argentino, el paquete ingresado no puede costar más de U$S 200 ni pesar más de dos kilos. Si en cambio se opta por empresas de correo internacional privado, como UPS y Fedex, el producto importado no puede costar más de U$S 1.000 ni pesar más de 20 kilos. Cumpliendo con esos requisitos los usuarios podrán recibir la compra en su propio domicilio, sin necesidad de hacer trámites presenciales.
Otra regla que impone la nueva resolución, es que no se puede importar más de tres productos del mismo rubro en el mismo año.
Es decir que no se permitirá, por ejemplo, el ingreso desde el exterior de cuatro celulares.
Los impuestos
En el plano tributario no hay cambios respecto del régimen de importación que vence mañana y se mantienen los porcentajes de cobro.
La Resolución General 3.915 mantuvo un franquicia de sólo U$S 25 sobre la que no se pagarán impuestos. Una vez utilizado ese beneficio, se deberá pagar una alícuota del 50% sobre el excedente.
Es decir que si se compra un producto de U$S 1.000, habrán solo U$S 25 que no abonarán tributo.
Por los otros U$S 975 se deberá pagar un impuesto de U$S 487,50 (50% sobre el excedente de U$S 25).
Trámite flexible
Uno de los mayores cambios respecto del viejo régimen de importación, es la agilización de los trámites.
El sistema que quedará sin vigencia el viernes exigía un conjunto de trámites virtuales y presenciales que no incentivaban las importaciones a través de Internet, entre los que estaban la declaración jurada y el Volante Electrónico de Pagos (VEP).
Ahora la situación es diferente. La declaración jurada fue eliminada y no habrá que hacer ningún trámite presencial, siempre que se cumplan los requisitos del sistema “puerta a puerta”.
El VEP sí continuará vigente (es el medio por el cual se paga el impuesto del 50%), pero si la importación se hace a través de empresas privadas no habrá que completar el trámite. La propia compañía se encargará de generar y pagar el VEP y luego el usuario abonará lo que corresponda a la empresa.
Si la importación se hace a través de Correo Argentino, será el propio usuario el que deba generar el VEP. Tendrá que hacerlo ingresando con su Clave Fiscal a la web de la AFIP (www.afip.gob.ar) y buscando el formulario entre las opciones del sistema.
Por último se debe mencionar que, cuando el comprador reciba el producto en la puerta de su hogar, deberá informárselo a la AFIP a través de un servicio que se habilitará en la web del organismo a partir del viernes.
Si se omite ese paso, no se podrán hacer más importaciones.
Fuente: http://losandes.com.ar/article/desde-el-viernes-las-compras-por-internet-llegaran-al-domicilio
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