San Rafael, Mendoza 18 de mayo de 2024

Solicitan Subsidio para Productores.

produccionGustavo Majstruk Diputado Provincial solicita subsidio para los productores. En los fundamentos del proyecto expresa, como fecha limite el 31 de agosto. 

En los considerando el legislador expone que en la «Provincia de Mendoza, año a año se registran innumerables daños en sus oasis productivos, como consecuencia de los efectos de las diferentes contingencias climáticas que la afectan y la temporada 2015-2016, no ha sido la excepción.

En el año 2014 se sanciona la Ley 8694, la cual asigna un subsidio por hectárea a los productores de la provincia, que se ven afectados por las problemáticas antes mencionadas, con el objetivo de que realicen tareas sobre las plantaciones.

Este año nos vemos en la imperiosa necesidad de solicitar nuevamente este subsidio o fondo destinado a la ayuda a productores debido a la baja rentabilidad que está atravesando el sector , debido a los grandes aumentos que pesan sobre el mismo y las diferentes contingencias climáticas que los han afectado, acentuado al mal o nulo funcionamiento de la lucha antigranizo en los últimos meses.-

Las constantes condiciones adversas tanto geográficas como climáticas, perjudican, muchas veces la calidad y cantidad en la producción, generando grandes pérdidas que afectan a las economías regionales, y a la comunidad en su conjunto, ya que la agricultura es una de las actividades más importantes de la provincia. Es por esto que el Estado debe estar presente ante estas situaciones, buscando garantizar el sustento de esta actividad.

En objetivo que persigue este proyecto es actualizar los montos en subsidio para labores agrícolas, por hectárea, para aquellos productores que se encuentren en emergencia o desastre agropecuaria».-

Por todos estos fundamentos, y los que oportunamente se expondrán, es que solicitamos el tratamiento y la aprobación del presente proyecto de Ley.

 

GUSTAVO MAJSTRUK

DIPUTADO PROVINCIAL

 

EL H. SENADO Y H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE;

L E Y:

  • 1:Asígnese un subsidio de pesos cuatro mil novecientos ($ 4.900.-), por hectárea, destinado a labores culturales de los productores de la Provincia que se encuentren en emergencia, desastre agropecuaria conforme lo definido por la Ley 4.304 o en las superficies implantadas con vid, por daños derivados de plagas o enfermedades causadas por lluvias, que disminuyan al menos en un 50 % la producción tomando como referencia la certificación del INV con respecto al promedio de las dos temporadas anteriores. Se tomará como unidad agropecuaria toda propiedad de entre 1 y 100 hectáreas, inscripta en el RUT, poniendo como límite máximo para otorgar el subsidio diez (10) hectáreas por productor.
  • 2:Autorizase al Poder Ejecutivo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1 de la presente Ley, a utilizar fondos provenientes de la mayor recaudación impositiva y/o recursos provenientes de la Ley de Emergencia Agropecuaria vigente y/o Aportes del Tesoro Nacional No Reintegrables.
  • 3:El Poder Ejecutivo, en caso de considerarlo necesario, podrá requerir a la H. Legislatura la autorización de endeudamiento, a los efectos de lo establecido en la presente ley.
  • Art 4:Establécese como fecha límite de aplicación, de lo dispuesto en el Art. 1, el día 31 de Agosto de 2016
  • Art 5: De Forma.-

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