Se deberá presentar la información solicitada a través de la página de la AFIP. La respuesta no podrá tardar más de 10 días. Tendrá una vigencia de 180 días.
Es que el sistema que ayer eliminó el Gobierno, las famosas DJAI (Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación), creadas por el ex secretario de Comercio, Guillermo Moreno, que regían desde 2012 funcionaban como un filtro efectivo para frenar todo tipo de importaciones, pero al mismo tiempo también se convirtieron en un dolor de cabeza para los importadores, incluso para los que necesitaban importar para producir en el país. El kirchnerismo las había diseñado cuando la inflación había erosionado el tipo de cambio competitivo y la consecuencia era la pérdida constante de reservas.
Ahora, el Gobierno de Mauricio Macri reemplazó las DJAI por el «Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)». La medida no es caprichosa. De hecho, el Ejecutivo se encolumna con el fallo de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que exigió al país suprimir trabas a la importación ante una demanda de Estados Unidos, la Unión Europea y Japón.
Cuando se conoció el fallo de la OMC, la intención del kirchnerismo que todavía gobernaba el país, fue que el sistema de administración de comercio perdurase de alguna forma, aunque en su momento no había explicado cómo lo haría.
La decisión de Macri fue publicada ayer en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 3823 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y fue recibida con beneplácito por el presidente de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Carlos de la Vega, según publicó la agencia DyN. Sin embargo, del lado industrial pusieron sus reparos. En principio porque los empresarios aseguran que la medida no beneficiará a todos por igual. Argumentan que para diferenciar beneficiados de perjudicados hay que esperar la decisión que tomará el Gobierno en cuanto a qué productos protege y cuáles libera. En segundo lugar, a la hora de liberar ciertas importaciones, no será igual para el importador que para el fabricante, y viceversa.
La nueva norma establece que los importadores deberán presentar la información solicitada a través de la página de la AFIP, y la respuesta de los organismos encargados de autorizar el ingreso de mercadería deberán responder «en un lapso no mayor a los 10 días».
Según el artículo 2 de la Resolución, «las declaraciones efectuadas a través del SIMI tendrán un plazo de validez de 180 días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación».
Según los considerandos de la norma publicada ayer, el objetivo de la medida es «el desarrollo de instrumentos que además de optimizar sus funciones específicas en materia aduanera, favorezcan la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista, los controles y la gestión de riesgo sobre las mercaderías».
En ese sentido, señala que «la adopción de este sistema permitirá homogeneizar y facilitar la información con los organismos externos que participan en el desaduanamiento de las mercaderías con las intervenciones que le competen a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)».
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