La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer dos planteos que pretendían que el Estado Nacional garantice empleos remunerados, un salario mínimo o mejores beneficios laborales a quienes cumplen condenas en prisión.
Así lo resolvió el Tribunal ante un pedido del Sindicato Unión de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria, quien pretendía que se fije la obligación de pagar una remuneración equivalente al salario mínimo, vital y móvil a la totalidad de las personas recluidas en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que realizan trabajos.
El pedido formulado por la entidad es a raíz que en muchos casos, por los trabajos de los reos hechos en el penal, perciben montos inferiores al salario mínimo o sufren descuentos.
La Corte ahora rechaza el planteo en coincidencia con lo resuelto previamente por el juez de primera instancia y la Cámara laboral porteña.
Para los Jueces Ricardo Lorenzetti y Juan Maqueda la asociación no podía representar a trabajadores ni iniciar una acción judicial en su defensa pues no había demostrado que el Ministerio de Trabajo de la Nación la hubiera inscripto en el registro especial de asociaciones sindicales.
También sostuvieron que la asociación tampoco podía representar los derechos de incidencia colectiva ya que no se encontraba registrada.
La Corte también rechazó un pedido de la asociación con el objeto de que se otorgara trabajo a todas las personas alojadas en los diversos establecimientos del Servicio Penitenciario Federal que se encontrasen desocupadas o, en su defecto, se les abonase un salario mínimo.
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