San Rafael, Mendoza jueves 25 de abril de 2024

La Pampa apela al nuevo Código Civil para su demanda contra Mendoza por el Atuel 

río atuelEl secretario de Recursos Hídricos de La Pampa, Néstor Lastiri, consideró que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación “favorece” el reclamo de La Pampa contra Mendoza por el corte del río Atuel ya que defiende a los distritos ubicados aguas abajo y pasa de una normativa “privatista a considerar el derecho público” sobre los recursos naturales.
En declaraciones que publicó ayer el diario La Arena, el funcionario destacó que la normativa es “beneficiosa” porque sobre el uso del agua y los recursos naturales “es más avanzada respecto al juicio de 1987”, cuando la Corte Suprema declaró la interprovincialidad del Atuel aunque “en ese momento no había normativas tan específicas y consolidadas sobre el ambiente ni los recursos”.
En mayo de 2014, el gobierno de Oscar Jorge inició una segunda demanda contra Mendoza por el corte del río.
Lastiri dijo que la nueva legislación, promulgada por la presidenta Cristina Kirchner, permite una mejor gestión favoreciendo a las provincias que están aguas abajo y recordó que la reforma de la Constitución del 94 estableció que los recursos son de las provincias pero no aclaró cómo se comparten, sobre todo el agua, que es un recurso dinámico”.
“Ahí juega el concepto de cuencas hídricas y en función de eso, es una pesada carga que se está revirtiendo sobre el precepto de que los recursos son provinciales, entonces quienes están aguas arriba se aprovechaban de eso y no quieren compartir”, explicó el funcionario.
Para Lastiri, la Constitución dice que todos tenemos derecho a un ambiente sano y que los derechos individuales deben estar sujetos a los derechos colectivos, y por eso “se establece una normativa respecto a la cuestión ambiental y la necesidad del dictado de las leyes de presupuestos mínimos de protección ambiental que son válidas para todo el país y este Código lo ratifica indicando que todos deben compartir el agua”.
Según el funcionario, es positivo para La Pampa que en el nuevo Código aparezca la Ley General de Ambiente que se debe aplicar en todo el país y la ley 25688 que establece el manejo de los recursos, sobre todo el agua, y la unidad ambiental de gestión, con la necesidad de coordinar acciones de las diferentes cuencas hídricas que deben crearse.
Al incorporar estas leyes al Código Civil y Comercial, junto a los tratados internacionales de Derechos Humanos, se avanza en el derecho de acceso al agua, según Lastiri, y la Corte “puede utilizar esto para reforzar lo que estableció en las cuestiones de jurisprudencia y además, es taxativo el concepto que describe a un río como el agua, el cauce, por donde corre, sus playas y la línea de ribera que contiene al río”.
El Código hasta este momento indicaba que simplemente el río era el agua y su cauce. “Entonces actualmente para nosotros es un cauce solo, porque no tiene ni agua, en cambio ahora con la nueva reglamentación se le agregó que no se puede alterar y lo define como un bien público, inembargable”, manifestó Lastiri.

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