San Rafael, Mendoza lunes 25 de noviembre de 2024

La justicia anuló los fueros para parlamentarios del Mercosur

 Camara nacional electoralLa Cámara Electoral revocó una sentencia que avalaba una modificación del Código Electoral Nacional sancionada el 29 de diciembre y promulgada por la presidenta Cristina Kirchner. (Foto Infocielo)

La Cámara Nacional Electoral (CNE) declaró hoy la nulidad de los fueros especiales para los parlamentarios del Mercosur, que establecía una ley aprobada por el Congreso Nacional a fines del año pasado.

En la sentencia dada a conocer este jueves se revoca un fallo de la jueza María Romilda Servini de Cubría, quien había rechazado la presentación del exdiputado y actual integrante del directorio de la Afsca, Gerardo Milman (GEN), contra los fueros para los parlamentarios del Mercosur.

En su pronunciamiento, la CNE sostuvo que el fuero «es un privilegio reconocido por la Constitución Nacional a los miembros del Poder Legislativo, que debe interpretarse restrictivamente, por lo que no pueden ser ampliadas por ley» a los parlamentarios del Mercosur, que serán electos este año pero asumirán en 2019.

En la sentencia de la Cámara, dictada por unanimidad de sus miembros —Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munné— se ha entendido que las «inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución —y no la ley— concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales».

El tribunal agregó que conforme el principio constitucional de igualdad (artículo 16) «todos los habitantes son iguales ante la ley» y que «sólo cabe reconocer las inmunidades que la Constitución otorga a los integrantes de dicho poder (diputados y senadores de la Nación) en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva».

Servini de Cubría había rechazado en primera instancia una acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Milman contra el artículo 16 de la ley Nº 27.120, que asimila en el derecho interno los parlamentarios del Mercosur a los diputados nacionales.

«Frente al análisis o interpretación de un privilegio, inmunidad o prerrogativa, la regla complementaria de interpretación que debe utilizarse es la ‘restrictiva’, ello así pues debe preservarse el […] derecho a la igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestro texto constitucional», señaló la CNE. De esta manera, la Cámara revocó la sentencia de Servini de Cubría, quien dio aval al artículo 16 de la ley 27.120, de Elección de Parlamentarios del Mercosur, que es una modificación del Código Electoral Nacional sancionada el 29 de diciembre y promulgada por la presidenta Cristina Kirchner el 6 de enero.

Este artículo manda que «los parlamentarios del Mercosur en representación de la ciudadanía argentina serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales» y que por lo tanto «serán aplicables» las «inmunidades parlamentarias y los regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares». Milman expresó que «gracias a esta resolución» los parlamentarios del Mercosur «no tendrán dichos privilegios ni fueros que los eximan de responder ante la Justicia argentina, ni inmunidad de arresto».

Fuente: http://www.mdzol.com/nota/635252-la-justicia-anulo-los-fueros-para-parlamentarios-del-mercosur/
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