Usuarios de San Rafael y Alvear deberán pagar entre $ 10 y $ 74 más en las próximas boletas por el costo de transporte y distribución. El fallo propicia nuevos cuadros tarifarios.
El tire y afloje judicial por las tarifas del gas natural en Mendoza no da respiro. Mientras se espera un fallo del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza en torno a cuál debe ser el cuadro tarifario vigente luego de una resolución del Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) que autoriza uno alternativo pese al amparo, el tribunal de San Rafael avaló ayer un planteo de Ecogas que le permite desde ahora facturar un ajuste de hasta $ 37 mensuales en concepto de transporte y distribución, dos de los componentes de la tarifa junto al valor del metro cúbico.
Eduardo Puigdéndolas, juez subrogante, le dio la derecha a la empresa que había logrado el visto bueno para el Gran Mendoza con un tope máximo de $ 22 en facturas, pero aún no podía hacerlo en San Rafael y Alvear porque el amparo seguía sin cambios. Ahora, el dictamen en el expediente 17.625/ 2014 «Protectora c/PEN y ots p/amparo colectivo” la favorece: desde el próximo bimestre los usuarios del Sur deberán pagar de $ 10 a $ 74 más, techo mayor al de Gran Mendoza.
“Autorizar a la Empresa Distribuidora de Gas Cuyana S.A. para que facture y cobre los componentes de transporte y distribución (art. 37 incs. b. y c. de la Ley Nº 24.076 y cuadros tarifarios que obran como anexo I, II y III de la Resolución Enargas nº 12847/14) a partir del día de la fecha, en tanto y en cuanto no haya una incidencia sobre facturas superior a los valores promedios mensuales que se detallan para cada categoría de usuarios”, resolvió Puigdéndolas con fecha de 1 de setiembre.
A través de un petitorio presentado por su apoderado, Gustavo Boullaude. al que el tribunal finalmente dio lugar, la distribuidora había solicitado que se modificara para la zona Sur la cautelar, para lograr lo que consiguió: facturar y cobrar “exclusivamente incrementos de los componentes de transporte y distribución a partir de la presente resolución de modo que la cautelar quede circunscripta al rubro “Precio del Gas”, conforme ocurrió en el resto de la Provincia”.
Previamente, tanto Ecogas como Enargas habían apelado el amparo y llegaron a la Cámara Federal sin éxito. La distribuidora finalmente logró su cometido en el fuero de San Rafael a partir de distintos argumentos: entre otros, la afectación del servicio, porque “ingresos como tarifa de distribución y transporte no resultan suficientes para cubrir erogaciones necesarias para su prestación, siendo inminente la imposibilidad de pago a proveedores”.
Por otra parte, esgrimió que las tarifas están congeladas desde 1999. Y que “son inferiores al precio del gas, por lo que el impacto en el bolsillo del consumidor es mínimo y con ello se evita un daño innecesario al servicio”.
Según José Ramón, patrocinante de Protectora en la causa “Protectora c/Enargas y ots p/amparo”, se requiere una definición política, porque todo obedece “al claro lobby de Ecogas en perjuicio del usuario, que abre la puerta a la resolución 3352 de Enargas. Hacerlo implica consentir ajustes sin debida audiencia pública: es una cuestión de Estado”.
Cabe recordar que con la 3352, motivo de otro planteo que la titular del Juzgado Federal N°2, Olga Arrabal, debe resolver (ver aparte), el Enargas autorizó a Ecogas a aplicar “cuadros alternativos” mientras dure el amparo.
“Menos que una gaseosa”
De acuerdo a la contabilidad presentada por Distribuidora de Gas Cuyana, la flexibilización de la cautelar sobre los referidos componentes de la tarifa sólo implicaría un incremento promedio mensual de $ 17,45. Aunque el impacto real en cada categoría de consumo muestra otros números.
“Para graficarlo, es menos de lo que cuesta una gaseosa que, no obstante lo ínfimo de la cantidad, potenciada por la cantidad de usuarios permitiría (a la Distribuidora) reencauzar su actividad, sin arriesgar calidad y eficacia del servicio”, completa Boullaude.
Si bien el magistrado sanrafaelino aclaró que la modificación de la cautelar es “bajo apercibimiento de ser dejada sin efecto en caso de constatarse algún incremento promedio mensual superior a los valores detallados”, el fallo ya motivó una apelación de Protectora.
Para Protectora el dictamen es una señal preocupante. Temen que pueda influir en la eventual decisión pendiente de Arrabal.
Fuente: Los Andes – http://www.losandes.com.ar/article/la-justicia-autoriza-en-el-sur-suba-parcial-de-tarifas-del-gas
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